III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2020-11937)
Resolución de 21 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la Adenda con Aernnova Aerospace, SAU, del Convenio con Gamesa Aeronáutica, SA (actual Aernnova Aerospace, SAU), relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales CRJ 900 (Paregio).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85414
los próximos años se verá sensiblemente disminuida y todavía no se pueden evaluar con
certeza todos los efectos de la misma, pero en cualquier caso serán muy negativos,
apuntando los más recientes estudios, que la recuperación del sector no se producirá
antes de 2023.
Los principales clientes de Aernnova, las empresas Airbus y Boeing, han reducido de
manera drástica las cadencias de producción de los distintos modelos de aviones, y ello
impacta de manera directa en toda su cadena de suministro. Concretamente para el
ejercicio 2020, ya le han comunicado a Aernnova sus principales clientes una reducción
de la demanda de entre un 30 % a un 40 %.
Ello ha originado que Aernnova haya puesto en marcha de manera inmediata
medidas para tratar de afrontar esta situación, y salvaguardar su solvencia financiera. No
obstante, la situación de liquidez de la empresa y los planes previstos para los próximos
años han sufrido una profunda revisión y se precisan medidas de apoyo para superar
esta crisis.
Séptimo.
Que de acuerdo con el punto octavo.5 de la Orden de 25 de octubre de 2000 por la
que se establecen las bases reguladoras, corresponde a la Comisión de Seguimiento y
Control del PTA II, proponer al órgano competente la modificación del Convenio de 19 de
diciembre de 2002, pero al haber finalizado el programa de desarrollo tecnológico de
aviones de transporte regional (Paregio) en diciembre de 2003, al igual que el Plan
Tecnológico Aeronáutico II (PTA II), la Comisión de Seguimiento y Control de dicho Plan
se extinguió de hecho en dicho ejercicio, residiendo en la actual Dirección General de
Industria y Pyme del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la gestión de las
incidencias o cuestiones que puedan plantearse en relación a los Convenios suscritos en
su día por el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología con relación al Convenio de 19 de
diciembre de 2002.
Octavo.
Que esta modificación del calendario de reembolsos, que contiene una moratoria de
tres años en el calendario de devoluciones, implica un mínimo cambio en la intensidad
de ayuda del proyecto de aviones regionales CRJ900, que se eleva a un 29,9 % desde
el 29,6 % anterior, respetando los niveles máximos de intensidad de ayuda autorizados
por la Comisión Europea en su decisión del caso N135/99, de 5 de mayo de 1999, del
Plan Tecnológico Aeronáutico II, en el que se integra el Programa Paregio como así lo
expone su orden de bases.
Que ambas partes han considerado conveniente suscribir una Primera Adenda al
Convenio entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa
Aeronáutica, SA, relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes
principales de aviones regionales CRJ 900 (Paregio), de 19 de diciembre de 2002.
Por todo ello, ambas partes reconociendo mutuamente su capacidad y su
competencia, acuerdan suscribir la presente adenda al convenio de colaboración suscrito
entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica,
SA, relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de
aviones regionales CRJ 900 (Paregio), de 19 de diciembre de 2002, que se regirá por las
siguientes
cve: BOE-A-2020-11937
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85414
los próximos años se verá sensiblemente disminuida y todavía no se pueden evaluar con
certeza todos los efectos de la misma, pero en cualquier caso serán muy negativos,
apuntando los más recientes estudios, que la recuperación del sector no se producirá
antes de 2023.
Los principales clientes de Aernnova, las empresas Airbus y Boeing, han reducido de
manera drástica las cadencias de producción de los distintos modelos de aviones, y ello
impacta de manera directa en toda su cadena de suministro. Concretamente para el
ejercicio 2020, ya le han comunicado a Aernnova sus principales clientes una reducción
de la demanda de entre un 30 % a un 40 %.
Ello ha originado que Aernnova haya puesto en marcha de manera inmediata
medidas para tratar de afrontar esta situación, y salvaguardar su solvencia financiera. No
obstante, la situación de liquidez de la empresa y los planes previstos para los próximos
años han sufrido una profunda revisión y se precisan medidas de apoyo para superar
esta crisis.
Séptimo.
Que de acuerdo con el punto octavo.5 de la Orden de 25 de octubre de 2000 por la
que se establecen las bases reguladoras, corresponde a la Comisión de Seguimiento y
Control del PTA II, proponer al órgano competente la modificación del Convenio de 19 de
diciembre de 2002, pero al haber finalizado el programa de desarrollo tecnológico de
aviones de transporte regional (Paregio) en diciembre de 2003, al igual que el Plan
Tecnológico Aeronáutico II (PTA II), la Comisión de Seguimiento y Control de dicho Plan
se extinguió de hecho en dicho ejercicio, residiendo en la actual Dirección General de
Industria y Pyme del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la gestión de las
incidencias o cuestiones que puedan plantearse en relación a los Convenios suscritos en
su día por el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología con relación al Convenio de 19 de
diciembre de 2002.
Octavo.
Que esta modificación del calendario de reembolsos, que contiene una moratoria de
tres años en el calendario de devoluciones, implica un mínimo cambio en la intensidad
de ayuda del proyecto de aviones regionales CRJ900, que se eleva a un 29,9 % desde
el 29,6 % anterior, respetando los niveles máximos de intensidad de ayuda autorizados
por la Comisión Europea en su decisión del caso N135/99, de 5 de mayo de 1999, del
Plan Tecnológico Aeronáutico II, en el que se integra el Programa Paregio como así lo
expone su orden de bases.
Que ambas partes han considerado conveniente suscribir una Primera Adenda al
Convenio entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa
Aeronáutica, SA, relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes
principales de aviones regionales CRJ 900 (Paregio), de 19 de diciembre de 2002.
Por todo ello, ambas partes reconociendo mutuamente su capacidad y su
competencia, acuerdan suscribir la presente adenda al convenio de colaboración suscrito
entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica,
SA, relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de
aviones regionales CRJ 900 (Paregio), de 19 de diciembre de 2002, que se regirá por las
siguientes
cve: BOE-A-2020-11937
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.