III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. Cuentas anuales. (BOE-A-2020-11953)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O.A., M.P., por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2018 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85508
MEMORIA DE LAS CUENTAS ANUALES DEL EJERCICIO 2018
3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS
3.1. Imagen fiel
Las cuentas anuales muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado
económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto de la entidad contable. Se han preparado
a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros y se presentan de acuerdo
con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, en las
reglas 26 y 27 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la instrucción de
contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y con la estructura, requisitos de
información, principios y criterios contables que se establecen para las mismas en el Plan General
de Contabilidad Pública (PGCP).
3.2. Comparación de la información
La estructura de las cuentas anuales se modificó en el ejercicio 2011 debido a la aplicación a partir
del 1 de enero de 2011 del nuevo PGCP, aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril. Por
lo tanto, la información sólo es comparable con respecto a los datos recogidos en las cuentas
anuales correspondientes al ejercicio 2011.
El organismo ha modificado los importes del balance, la cuenta del resultado económico
patrimonial y el estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio anterior en función de las
operaciones registradas en el ejercicio actual en la cuenta (120000) “Resultados de ejercicios
anteriores”, con el fin de que las cifras del ejercicio 2017 sean comparables con las del ejercicio
actual.
Por otra parte, desde el ejercicio 2014 se incluye la información relativa a los indicadores de gestión
relacionados con el coste de las actividades, elaborados de acuerdo con los criterios que para la
elaboración de la mencionada información se regula en los apartados cuadragésimo primero a
quincuagésimo segundo del capítulo III (“Cumplimentación de datos sobre indicadores de Gestión”)
de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE), por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de
actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del PGCP, así
como en las diferentes notas informativas, emitidas por la IGAE, a efectos de unificar criterios y
aclarar determinados aspectos al objeto de la incorporación de los citados indicadores de gestión
a las cuentas anuales.
3.3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y
corrección de errores
cve: BOE-A-2020-11953
Verificable en https://www.boe.es
Se ha modificado el importe del apartado 6 (otros cobros) del Estado D. Estado de flujos de efectivo,
aumentándolo en 55.309,92 euros, correspondientes al IVA intracomunitario repercutido.
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85508
MEMORIA DE LAS CUENTAS ANUALES DEL EJERCICIO 2018
3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS
3.1. Imagen fiel
Las cuentas anuales muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado
económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto de la entidad contable. Se han preparado
a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros y se presentan de acuerdo
con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, en las
reglas 26 y 27 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la instrucción de
contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y con la estructura, requisitos de
información, principios y criterios contables que se establecen para las mismas en el Plan General
de Contabilidad Pública (PGCP).
3.2. Comparación de la información
La estructura de las cuentas anuales se modificó en el ejercicio 2011 debido a la aplicación a partir
del 1 de enero de 2011 del nuevo PGCP, aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril. Por
lo tanto, la información sólo es comparable con respecto a los datos recogidos en las cuentas
anuales correspondientes al ejercicio 2011.
El organismo ha modificado los importes del balance, la cuenta del resultado económico
patrimonial y el estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio anterior en función de las
operaciones registradas en el ejercicio actual en la cuenta (120000) “Resultados de ejercicios
anteriores”, con el fin de que las cifras del ejercicio 2017 sean comparables con las del ejercicio
actual.
Por otra parte, desde el ejercicio 2014 se incluye la información relativa a los indicadores de gestión
relacionados con el coste de las actividades, elaborados de acuerdo con los criterios que para la
elaboración de la mencionada información se regula en los apartados cuadragésimo primero a
quincuagésimo segundo del capítulo III (“Cumplimentación de datos sobre indicadores de Gestión”)
de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE), por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de
actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del PGCP, así
como en las diferentes notas informativas, emitidas por la IGAE, a efectos de unificar criterios y
aclarar determinados aspectos al objeto de la incorporación de los citados indicadores de gestión
a las cuentas anuales.
3.3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y
corrección de errores
cve: BOE-A-2020-11953
Verificable en https://www.boe.es
Se ha modificado el importe del apartado 6 (otros cobros) del Estado D. Estado de flujos de efectivo,
aumentándolo en 55.309,92 euros, correspondientes al IVA intracomunitario repercutido.