III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-11932)
Resolución de 17 de septiembre de 2020, del Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85389
Quinto.
Que es interés de ambas partes la obtención de una cobertura de ortofotos de la
totalidad del territorio de la Comunidad de Madrid.
Que es interés de CNIG que esta cobertura tenga una resolución de 25 cm,
generada a partir de un vuelo de 35 cm de tamaño de pixel, con precisiones PNOA50; y
que es interés de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad una mejora de la resolución a 25 cm de tamaño de pixel, pero generada a
partir de un vuelo de 22 cm/pixel y con precisiones de PNOA25.
Sexto.
Que este Convenio se deriva del «Protocolo General de Actuaciones entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través del Centro Nacional de
Información Geográfica, y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, para la obtención de una cobertura
de imágenes aéreas y ortofotos de 2020 de la Comunidad de Madrid», firmado con
fecha 5 de febrero de 2020.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente Convenio es la coordinación de actuaciones para la obtención
de una cobertura de vuelo fotogramétrico digital con resolución mejorada a un tamaño
medio de pixel de 22 cm y de ortofotografías digitales en color de 25 cm/pixel con calidad
geométrica mejorada (especificaciones PNOA25), en la totalidad del territorio de la
Comunidad de Madrid.
Segunda.
Realización del Convenio.
Las actuaciones conjuntas contempladas en el marco de este Convenio, por el CNIG
y la Comunidad de Madrid, serán:
Captura de una cobertura de fotografías aéreas con resolución mejorada a un
tamaño medio de pixel de 22 cm.
Control de calidad del vuelo fotogramétrico.
Generación de las ortofotos de 25 cm/pixel con calidad geométrica mejorada para
obtener la establecida en las especificaciones de PNOA25.
Control de calidad de las ortofotos.
Tercera.
Obligaciones del CNIG.
El CNIG proporcionará el vuelo fotogramétrico de 22 cm de tamaño de pixel, apoyo
de campo, aerotriangulación, modelos digitales de elevaciones, y las ortofotos de 25
cm/pixel, conforme a las especificaciones técnicas pactadas para el Plan Nacional de
Ortofotografía Aérea recogidas en el Anexo I del presente Convenio (calidad PNOA 25).
El CNIG asumirá los gastos correspondientes al control de calidad de un vuelo de 35
cm de tamaño de pixel y de las ortofotos 25 cm (VF35).
cve: BOE-A-2020-11932
Verificable en https://www.boe.es
La Comisión de Seguimiento, que se establece en la cláusula séptima de este
Convenio, se encargará de establecer el Plan de Trabajo definiendo las tareas a realizar
de acuerdo al presupuesto máximo fijado en este Convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas
pactadas para el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85389
Quinto.
Que es interés de ambas partes la obtención de una cobertura de ortofotos de la
totalidad del territorio de la Comunidad de Madrid.
Que es interés de CNIG que esta cobertura tenga una resolución de 25 cm,
generada a partir de un vuelo de 35 cm de tamaño de pixel, con precisiones PNOA50; y
que es interés de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad una mejora de la resolución a 25 cm de tamaño de pixel, pero generada a
partir de un vuelo de 22 cm/pixel y con precisiones de PNOA25.
Sexto.
Que este Convenio se deriva del «Protocolo General de Actuaciones entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través del Centro Nacional de
Información Geográfica, y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, para la obtención de una cobertura
de imágenes aéreas y ortofotos de 2020 de la Comunidad de Madrid», firmado con
fecha 5 de febrero de 2020.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente Convenio es la coordinación de actuaciones para la obtención
de una cobertura de vuelo fotogramétrico digital con resolución mejorada a un tamaño
medio de pixel de 22 cm y de ortofotografías digitales en color de 25 cm/pixel con calidad
geométrica mejorada (especificaciones PNOA25), en la totalidad del territorio de la
Comunidad de Madrid.
Segunda.
Realización del Convenio.
Las actuaciones conjuntas contempladas en el marco de este Convenio, por el CNIG
y la Comunidad de Madrid, serán:
Captura de una cobertura de fotografías aéreas con resolución mejorada a un
tamaño medio de pixel de 22 cm.
Control de calidad del vuelo fotogramétrico.
Generación de las ortofotos de 25 cm/pixel con calidad geométrica mejorada para
obtener la establecida en las especificaciones de PNOA25.
Control de calidad de las ortofotos.
Tercera.
Obligaciones del CNIG.
El CNIG proporcionará el vuelo fotogramétrico de 22 cm de tamaño de pixel, apoyo
de campo, aerotriangulación, modelos digitales de elevaciones, y las ortofotos de 25
cm/pixel, conforme a las especificaciones técnicas pactadas para el Plan Nacional de
Ortofotografía Aérea recogidas en el Anexo I del presente Convenio (calidad PNOA 25).
El CNIG asumirá los gastos correspondientes al control de calidad de un vuelo de 35
cm de tamaño de pixel y de las ortofotos 25 cm (VF35).
cve: BOE-A-2020-11932
Verificable en https://www.boe.es
La Comisión de Seguimiento, que se establece en la cláusula séptima de este
Convenio, se encargará de establecer el Plan de Trabajo definiendo las tareas a realizar
de acuerdo al presupuesto máximo fijado en este Convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas
pactadas para el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).