III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2020-11948)
Resolución de 16 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Miércoles 7 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 85455

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
11948

Resolución de 16 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión
de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la
Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con el Real Decreto-ley
20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 16 de septiembre de 2020.–La Secretaria General de Coordinación
Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de
Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con el Real
Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:

cve: BOE-A-2020-11948
Verificable en https://www.boe.es

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas
respecto de los artículos 17.1; 22.1 y.2; 24.1; 25.1 y.2; 26.1 y.2; 28.1 y.3; 30.3.h); 31.3.d);
33.2.g); las disposiciones adicionales primera y cuarta; la disposición transitoria
primera.1,.5,.8,.9 y.10; y la disposición final novena del Real Decreto-ley 20/2020, de 29
de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.
2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que
proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial
de la Generalitat de Catalunya».

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X