II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-11863)
Resolución de 30 de septiembre de 2020, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84664
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en la
Secretaría General de la Universidad, en los veinte días hábiles siguientes al de conclusión
de las actuaciones de la Comisión, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente,
de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Copia compulsada del título de Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por
el Rector de la Universidad de Murcia.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Las personas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera
en activo, estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio y Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de
funcionario o funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios exigibles
en esta convocatoria.
f) Copia compulsada de las certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de
los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de acceso,
en el caso de que no conste dicha información en la Universidad de Murcia.
8.2 El nombramiento como funcionario o funcionaria docente de carrera será
efectuado por el Rector, con posterioridad a que el candidato o candidata propuesto haya
dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en el punto anterior. El
nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de Conocimiento,
así como su código de plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Los nombramientos
serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de
Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín
Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y comunicados a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
8.3 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo docente que corresponda, con los derechos
y deberes que le son propios.
9. Norma final
9.1 Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones resolverán las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los
casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
9.2 La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de
conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los
artículos 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
cve: BOE-A-2020-11863
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84664
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en la
Secretaría General de la Universidad, en los veinte días hábiles siguientes al de conclusión
de las actuaciones de la Comisión, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente,
de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Copia compulsada del título de Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por
el Rector de la Universidad de Murcia.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Las personas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera
en activo, estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio y Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de
funcionario o funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios exigibles
en esta convocatoria.
f) Copia compulsada de las certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de
los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de acceso,
en el caso de que no conste dicha información en la Universidad de Murcia.
8.2 El nombramiento como funcionario o funcionaria docente de carrera será
efectuado por el Rector, con posterioridad a que el candidato o candidata propuesto haya
dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en el punto anterior. El
nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de Conocimiento,
así como su código de plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Los nombramientos
serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de
Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín
Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y comunicados a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
8.3 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo docente que corresponda, con los derechos
y deberes que le son propios.
9. Norma final
9.1 Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones resolverán las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los
casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
9.2 La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de
conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los
artículos 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
cve: BOE-A-2020-11863
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Núm. 264