II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-11864)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso-oposición libre para la provisión de plaza de personal laboral del Grupo II.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84682
Política Territorial y Función Pública de 21 de julio de 2020, («Boletín Oficial del Estado»
de 24 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de julio.
Los aspirantes serán convocados para la realización de los ejercicios de la fase de
oposición en único llamamiento, siendo excluidos quienes no comparezcan.
7.4 Una vez realizada la fase oposición, el Tribunal hará pública, la relación de
aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada, con indicación de
su documento nacional de identidad.
7.5 Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo
improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la
relación antes citada, para presentar en el Registro Electrónico de la Universidad los
documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2, dirigidos a la Sección
PAS Laboral, código U02800251. Los méritos se acreditarán con certificación expedida por
la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
La no presentación de dichos documentos en el plazo señalado, determinará la no
valoración de los mismos.
7.6 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición,
con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la
valoración.
7.7 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases: oposición y concurso.
Octava. Relación de aprobados y presentación de documentos
8.1 Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes,
ordenados por la puntuación obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones
totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a
la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. De persistir el empate se acudirá
para dirimirlo a la puntuación del segundo ejercicio de la fase de oposición.
8.2 El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. Rector Magnífico de la Universidad la
correspondiente propuesta del candidato para la formalización del contrato a favor del
aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas
convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han
superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.
8.3 Con carácter previo a la formalización del contrato el aspirante deberá, en un
plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la relación
de aspirantes aprobados señalada en la base 8.1, justificar adecuadamente los requisitos
o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria, y dará cumplimiento a lo
dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de
abril, en materia de incompatibilidades.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada,
la declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente o
despido disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas, mediante sentencia firme. El aspirante que no
posea la nacionalidad española deberá declarar, además, que no está sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,
siguiendo el modelo que figura como anexo II de esta convocatoria.
8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos que se indican en la base 2, no podrán ser contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial o documentación.
8.5 El Rectorado de la Universidad, de conformidad con el artículo 21.4 del III
Convenio colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED,
procederá a la formalización del contrato en el plazo máximo de tres meses desde la
cve: BOE-A-2020-11864
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84682
Política Territorial y Función Pública de 21 de julio de 2020, («Boletín Oficial del Estado»
de 24 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de julio.
Los aspirantes serán convocados para la realización de los ejercicios de la fase de
oposición en único llamamiento, siendo excluidos quienes no comparezcan.
7.4 Una vez realizada la fase oposición, el Tribunal hará pública, la relación de
aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada, con indicación de
su documento nacional de identidad.
7.5 Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo
improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la
relación antes citada, para presentar en el Registro Electrónico de la Universidad los
documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2, dirigidos a la Sección
PAS Laboral, código U02800251. Los méritos se acreditarán con certificación expedida por
la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
La no presentación de dichos documentos en el plazo señalado, determinará la no
valoración de los mismos.
7.6 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición,
con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la
valoración.
7.7 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases: oposición y concurso.
Octava. Relación de aprobados y presentación de documentos
8.1 Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes,
ordenados por la puntuación obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones
totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a
la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. De persistir el empate se acudirá
para dirimirlo a la puntuación del segundo ejercicio de la fase de oposición.
8.2 El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. Rector Magnífico de la Universidad la
correspondiente propuesta del candidato para la formalización del contrato a favor del
aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas
convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han
superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.
8.3 Con carácter previo a la formalización del contrato el aspirante deberá, en un
plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la relación
de aspirantes aprobados señalada en la base 8.1, justificar adecuadamente los requisitos
o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria, y dará cumplimiento a lo
dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de
abril, en materia de incompatibilidades.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada,
la declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente o
despido disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas, mediante sentencia firme. El aspirante que no
posea la nacionalidad española deberá declarar, además, que no está sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,
siguiendo el modelo que figura como anexo II de esta convocatoria.
8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos que se indican en la base 2, no podrán ser contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial o documentación.
8.5 El Rectorado de la Universidad, de conformidad con el artículo 21.4 del III
Convenio colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED,
procederá a la formalización del contrato en el plazo máximo de tres meses desde la
cve: BOE-A-2020-11864
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 264