II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-11864)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso-oposición libre para la provisión de plaza de personal laboral del Grupo II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Martes 6 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 84675

1.5 A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes
aspectos de su desarrollo se publicará en la página web de la UNED (www.uned.es; La
UNED; Trabaja con nosotros; Ofertas de empleo; PAS Laboral).
1.6 El procedimiento selectivo constará de una fase de oposición y una fase de
concurso. El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en la base sexta de la
presente convocatoria.
1.7 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el anexo I de
esta convocatoria.
Segunda.

Requisitos de los candidatos

Para ser admitidos en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la firma del contrato
los siguientes requisitos:
2.1

Nacionalidad.

2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, con
excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una
participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de
derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
d) Las personas no incluidas en los apartados anteriores y que se encuentren en
España en situación de legalidad, siendo titulares de documento que les habilite a residir
y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, quienes se encuentren en situación
de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir
y trabajar, así como los refugiados.

2.2 Edad. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de
la edad máxima de jubilación forzosa.
2.3 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.4 Habilitación. No haber sido separado de cualquiera de las Administraciones
Públicas mediante expediente o despido disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de sus funciones, por resolución judicial.
En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.5 Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Arquitecto Técnico, o título
que habilite oficialmente para el ejercicio de esta profesión regulada.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están
en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso, la homologación.

cve: BOE-A-2020-11864
Verificable en https://www.boe.es

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en los apartados c) y d), deberán acompañar a su solicitud,
documento que acredite las condiciones que se alegan.