III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. Cuentas anuales. (BOE-A-2020-11819)
Resolución de 28 de julio de 2020, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Lunes 5 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 84515

a los indicadores de gestión de acuerdo con lo previsto en la Orden EHA 1037/2010, de 13 de abril
por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Púbica, con la Orden EHA/2045/2011, de 14
de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional
del Estado y la Resolución de 28 de julio de 2011, de la IGAE, por la que se regulan los criterios para
la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión.
El Organismo Autónomo ANECA no ha incluido información relativa a objetivos del programa o
actividades aplicables en procesos contables en los que imputar costes, ni se han imputado ni
contabilizado costes por actividad, ni están descritos los indicadores de gestión para el ejercicio
2019. El Organismo señala en los puntos 23.8, 25 y 26 de la memoria, que está previsto incluir esta
información en el próximo ejercicio 2020, de acuerdo con la normativa establecida en el Modelo
CANOA, una vez que se haya aprobado el informe de personalización de costes por la IGAE, en el
que se ha empezado a trabajar.
Sobre la base del trabajo realizado, según lo descrito en el párrafo anterior, no tenemos nada
que informar respecto a la otra información.

VI. RESPONSABILIDAD DEL ORGANO DE GESTIÓN
El órgano de gestión es responsable de formular las cuentas anuales adjuntas, de forma que
expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad,
de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad en España,
y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de cuentas anuales
libres de incorrección material, debida a fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el órgano de gestión es responsable de la valoración
corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y utilizando el principio
contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la
obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa
realista.

cve: BOE-A-2020-11819
Verificable en https://www.boe.es

de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, según