II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Destinos. (BOE-A-2020-11729)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso ordinario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Lunes 5 de octubre de 2020

Sec. II.A. Pág. 84216

Cuarto.
El plazo de toma de posesión en los nuevos destinos será de tres días hábiles, si se
trata de puestos en la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de
puestos de trabajo en localidad distinta.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha
publicación.
Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las
Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el
cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de
ellos dar cuenta del acuerdo al órgano correspondiente de la respectiva Comunidad
Autónoma.
Quinto.
Las Corporaciones Locales deberán remitir al órgano correspondiente de la
Comunidad Autónoma respectiva, copia del acta de toma de posesión y cese dentro de
los tres días hábiles siguientes a aquél en que se produzcan.
Sexto.
Los puestos que han quedado desiertos o no se han adjudicado por la corporación
local por otras causas, se incluirán en el próximo concurso unitario de provisión de
puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.1 b) y c) del Real
Decreto 1732/1994, de 29 de julio.
Séptimo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta
Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Madrid, 25 de septiembre de 2020.–La Directora General de la Función Pública,
María Isabel Borrel Roncalés.
ANEXO
Comunidad Autónoma de Andalucía

Málaga
Ayuntamiento: Benalmádena.
MULERO PARRAGA, JOSE. D.N.I. **6768**.

cve: BOE-A-2020-11729
Verificable en https://www.boe.es

Adjunto a Intervención, clase 2.ª