III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2020-11787)
Resolución de 20 de enero de 2020, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Gto Greater Good.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Lunes 5 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 84351
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
11787
Resolución de 20 de enero de 2020, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Gto Greater Good.
Examinada la solicitud de inscripción de la resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Matriz.
La «Gto Greater Good Foundation» es una organización sin ánimo de lucro y con
fines benéficos y educacionales, de nacionalidad norteamericana debidamente
constituida con arreglo a las leyes del Estado de Delaware el 28 de mayo de 2015 y
domiciliada en el estado de Nueva York, 395 Hudson Street, Nueva york 10014. Con
fecha 15 de abril de 2019 el Patronato acordó la creación de una delegación de Gto
Greater Good Foundation en España lo que se lleva a efecto en virtud de escritura
otorgada ante la Notario de Madrid Ignacio Garcia-Noblejas Santa-Olalla el 8 de mayo
de 2019 con el número 1385 de protocolo
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Delegación de la Fundación.
El domicilio de la Delegación de la Fundación quedó establecido en Calle Montesa
n.º 35, escalera derecha, 3.º izq 28006 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a
todo el territorio del Reino de España
Tercero. Dotación.
En relación a la dotación se hace constar que las delegaciones de las fundaciones
extranjeras no tienen obligación de aportar dotación fundacional en el momento de su
inscripción. Consta en la escritura de constitución de la delegación en España el plan de
actuación que llevará a cabo la Fundación en el presente ejercicio de 2019, en el que se
recogen las actividades a desarrollar por la misma en beneficio de la delegación
Cuarto.
Fines de la Delegación de la Fundación.
Otorgar ayudas y apoyar actividades de organizaciones que operen exclusivamente
sin fines lucrativos y en el ámbito educacional.
Realizar actividades educativas y sin fines lucrativos que incluyan, aunque no se
limiten exclusivamente, actividades relacionadas con la sensibilización en temas como el
genocidio, temáticas que afectan a mujeres y niñas, pobreza, salud, bienestar y
medioambiente.
Quinto.
Órgano de Gobierno.
Se nombran como representantes legales con carácter solidario de la misma a don
Noreddine Meterfi, doña Elizabeth Izard Apelles y don Francisco Javier Galindo
Aragoncillo.
cve: BOE-A-2020-11787
Verificable en https://www.boe.es
Los fines de la fundación consisten en el fomento de actividades de tipo educativo.
Añade que para el desenvolvimiento de dichas actividades podrán:
Núm. 263
Lunes 5 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 84351
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
11787
Resolución de 20 de enero de 2020, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Gto Greater Good.
Examinada la solicitud de inscripción de la resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Matriz.
La «Gto Greater Good Foundation» es una organización sin ánimo de lucro y con
fines benéficos y educacionales, de nacionalidad norteamericana debidamente
constituida con arreglo a las leyes del Estado de Delaware el 28 de mayo de 2015 y
domiciliada en el estado de Nueva York, 395 Hudson Street, Nueva york 10014. Con
fecha 15 de abril de 2019 el Patronato acordó la creación de una delegación de Gto
Greater Good Foundation en España lo que se lleva a efecto en virtud de escritura
otorgada ante la Notario de Madrid Ignacio Garcia-Noblejas Santa-Olalla el 8 de mayo
de 2019 con el número 1385 de protocolo
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Delegación de la Fundación.
El domicilio de la Delegación de la Fundación quedó establecido en Calle Montesa
n.º 35, escalera derecha, 3.º izq 28006 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a
todo el territorio del Reino de España
Tercero. Dotación.
En relación a la dotación se hace constar que las delegaciones de las fundaciones
extranjeras no tienen obligación de aportar dotación fundacional en el momento de su
inscripción. Consta en la escritura de constitución de la delegación en España el plan de
actuación que llevará a cabo la Fundación en el presente ejercicio de 2019, en el que se
recogen las actividades a desarrollar por la misma en beneficio de la delegación
Cuarto.
Fines de la Delegación de la Fundación.
Otorgar ayudas y apoyar actividades de organizaciones que operen exclusivamente
sin fines lucrativos y en el ámbito educacional.
Realizar actividades educativas y sin fines lucrativos que incluyan, aunque no se
limiten exclusivamente, actividades relacionadas con la sensibilización en temas como el
genocidio, temáticas que afectan a mujeres y niñas, pobreza, salud, bienestar y
medioambiente.
Quinto.
Órgano de Gobierno.
Se nombran como representantes legales con carácter solidario de la misma a don
Noreddine Meterfi, doña Elizabeth Izard Apelles y don Francisco Javier Galindo
Aragoncillo.
cve: BOE-A-2020-11787
Verificable en https://www.boe.es
Los fines de la fundación consisten en el fomento de actividades de tipo educativo.
Añade que para el desenvolvimiento de dichas actividades podrán: