III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2020-11795)
Resolución de 11 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Umas Unión Mutua Asistencial de Seguros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Lunes 5 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 84367
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
11795
Resolución de 11 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Umas Unión Mutua Asistencial de Seguros.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Umas Unión Mutua Asistencial
de Seguros resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Umas, Unión
Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija» en virtud de escritura otorgada ante el notario de
Madrid don Agustín María Daniel Pérez-Bustamante de Monasterio el 19 de diciembre de 2018
con el número 2750 de protocolo subsanadas por otra otorgada ante el mismo notario el 26 de
julio de 2019 protocolo 1789 y por otra de fecha 11 de febrero de 2020 protocolo 334.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Santa Engracia,
número 10-12, Código Postal 28010 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a
todo el territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La mejora de la calidad de vida y el desarrollo social de las personas, en el ámbito
educativo, religioso, cultural y asistencial, en los términos más amplios posibles,
prestando especial atención a su colectivo de mutualistas y a los sectores de la sociedad
en riesgo de exclusión.
Quinto. Patronato.
Umas, Unión Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija, doña Patricia Quintas
Fernández, don Jaime Jesús Sanau Villarroya, don Manuel-Segismundo Bernades
Eroles, don Julio Lage González, don Antonio Sales Triguero, don Antonio Nistal
Hernández y don Carlos Esteban Ayerra Sola.
Cargos:
Presidente: Umas, Unión Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija que nombra
como representante persona física a don Vicente Rebollo Mozos.
Vicepresidente: Don Julio Lage González.
cve: BOE-A-2020-11795
Verificable en https://www.boe.es
Patronos:
Núm. 263
Lunes 5 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 84367
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
11795
Resolución de 11 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Umas Unión Mutua Asistencial de Seguros.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Umas Unión Mutua Asistencial
de Seguros resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Umas, Unión
Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija» en virtud de escritura otorgada ante el notario de
Madrid don Agustín María Daniel Pérez-Bustamante de Monasterio el 19 de diciembre de 2018
con el número 2750 de protocolo subsanadas por otra otorgada ante el mismo notario el 26 de
julio de 2019 protocolo 1789 y por otra de fecha 11 de febrero de 2020 protocolo 334.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Santa Engracia,
número 10-12, Código Postal 28010 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a
todo el territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La mejora de la calidad de vida y el desarrollo social de las personas, en el ámbito
educativo, religioso, cultural y asistencial, en los términos más amplios posibles,
prestando especial atención a su colectivo de mutualistas y a los sectores de la sociedad
en riesgo de exclusión.
Quinto. Patronato.
Umas, Unión Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija, doña Patricia Quintas
Fernández, don Jaime Jesús Sanau Villarroya, don Manuel-Segismundo Bernades
Eroles, don Julio Lage González, don Antonio Sales Triguero, don Antonio Nistal
Hernández y don Carlos Esteban Ayerra Sola.
Cargos:
Presidente: Umas, Unión Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija que nombra
como representante persona física a don Vicente Rebollo Mozos.
Vicepresidente: Don Julio Lage González.
cve: BOE-A-2020-11795
Verificable en https://www.boe.es
Patronos: