II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Destinos. (BOE-A-2020-11695)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 25 de mayo de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Sábado 3 de octubre de 2020

Sec. II.A. Pág. 83903

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
11695

Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 25 de mayo de
2020.

Por Resolución de 25 de mayo de 2020 («Boletín Oficial del Estado» núm. 152, de 29
de mayo de 2020) y Resolución de 4 de junio («Boletín Oficial del Estado» núm. 158 de 5
de junio de 2020) por la que se corrigen errores, se convocó concurso específico para la
provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos alegados
por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace
referencia la base séptima de la citada resolución, este Ministerio resuelve la
adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la misma.
En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la valoración de los méritos
de los participantes, tal y como prevé el Título III, capítulo II, artículos 39 y siguientes del
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.
En su virtud, se acuerda aprobar la propuesta elevada por la Comisión y
Primero.
Resolver la adjudicación de puestos de trabajo contenidos en el Anexo I-A de esta
Resolución.
Segundo.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la
publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Madrid, 29 de septiembre de 2020.–El Subsecretario de Industria, Comercio y
Turismo, Pablo Garde Lobo.

cve: BOE-A-2020-11695
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Tercero.