III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2020-11706)
Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre atribución de competencias de recursos contractuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Sábado 3 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83993

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
11706

Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre
atribución de competencias de recursos contractuales.

Suscrito el 23 de septiembre de 2020 convenio entre el Ministerio de Hacienda y la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears sobre atribución de competencias de recursos
contractuales, en cumplimiento de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta Resolución, con fecha 3 de octubre de 2020 para su entrada en vigor.
Madrid, 23 de septiembre de 2020.–La Subsecretaria de Hacienda, Pilar Paneque
Sosa.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, sobre atribución de competencias de recursos contractuales
En Madrid, a 23 de septiembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Pilar Paneque Sosa, Subsecretaria de Hacienda, nombrada por
Real Decreto 382/2018, de 8 de junio, con competencia para suscribir el presente
convenio en virtud de la delegación efectuada por el artículo 7.4.a) de la Orden
HAC/316/2019, de 12 de marzo.
Por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, D.ª Rosario Sánchez Grau,
NIF 430XXXX3E, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de la Comunidad
Autónoma de les Illes Balears, para cuyo cargo fue nombrada por el Decreto 10/2019,
de 2 de julio, de la presidenta de les Illes Balears (BOIB n.º 88, de 3 de julio) quién actúa
en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, en el ejercicio de las facultades atribuidas por los artículos 11 y 80.4 de la
Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears, con domicilio en la calle de Palau Reial, 17, 07001, de
Palma.

1. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece en su
artículo 46, apartados 2 y 3, respectivamente, que las Comunidades Autónomas y las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla podrán atribuir la competencia para la
resolución de los recursos especiales regulados en ella al Tribunal Administrativo Central
de Recursos Contractuales. A tal efecto dispone que la Administración General del
Estado y la Comunidad Autónoma o, en su caso, Ciudad Autónoma que desee atribuir la
competencia al Tribunal deberán celebrar el correspondiente convenio, en el que, entre
otras, se estipularán las condiciones en que la Comunidad sufragará los gastos
derivados de esta asunción de competencias.

cve: BOE-A-2020-11706
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