IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32771)
VALENCIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. IV. Pág. 43739

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

32771

VALENCIA

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo
Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de
Acreedores núm. 125/2019, habiéndose dictado, en fecha 16 de julio de 2020, por
el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Valencia, auto
firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente
tenor:
1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en
este Juzgado bajo el número de procedimiento 000125/2019, promovido por el/la
Procurador/a Sr./a. Requena Farinós Estrella, en nombre y representación de la
mercantil Lazzari Textil, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más
trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª Isabel Iborra
Alonso, con DNI Nº 24347125S, revocando las autorizaciones otorgadas en el
procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Lazzari Textil, S.L., con
C.I.F. B98489792, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los
Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y
mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la
presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.), y tiene carácter
de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe
de fecha 14 de febrero de 2020 subsanado por escrito de 22 de abril de 2020.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en
su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del
concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado
y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber
que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC ).
Valencia, 16 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Cristina M.ª Valero Domenech.
ID: A200044346-1

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cve: BOE-B-2020-32771
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Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los
artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el
BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el
BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que
se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Requena Farinós Estrella a fin
de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días, a
contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la
Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC
los referidos edictos