IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32768)
TOLEDO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 43736
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32768
TOLEDO
Doña María Isabel Collado Cordero, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el
presente, hago saber:
1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el sección I
declaración concurso 10/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0000083, se ha dictado
en fecha 24-09-2020 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de
la fase de liquidación del deudor Gema Sierra Sanchez y Antonio Fuentes
Rodriguez, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Joaquina Santander,
Nº 53 Esc. Izq. Planta 1ª, Letra A de Talavera de la Reina (Toledo).
2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y
disposición que ejercerá la administración concursal. concursal/Liquidador Emilio
Fernando Gutiérrez Gracia, con D.N.I. 04.173.095-K, y domicilio profesional en C/
San Clemente,11-C local 2 de Talavera de la Reina (Toledo), y dirección
electrónica concursos@emiliogutierrezabogado.es para que los acreedores, a su
elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículo 255,256 y 257 del
TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo
de UN mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín
Oficial del Estado.
4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni
otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.
5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de
manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de
los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.
El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince dias, computados
desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y
propuestas de modificación al mismo.
Toledo, 25 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administracion de
Justicia, María Isabel Collado Cordero.
ID: A200044135-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-32768
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, el deudor y los acreedores, dentro del plazo de alegaciones al plan
de liquidación, podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de
los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho del concursado persona natural. Los acreedores también podrán
solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 43736
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32768
TOLEDO
Doña María Isabel Collado Cordero, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el
presente, hago saber:
1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el sección I
declaración concurso 10/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0000083, se ha dictado
en fecha 24-09-2020 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de
la fase de liquidación del deudor Gema Sierra Sanchez y Antonio Fuentes
Rodriguez, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Joaquina Santander,
Nº 53 Esc. Izq. Planta 1ª, Letra A de Talavera de la Reina (Toledo).
2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y
disposición que ejercerá la administración concursal. concursal/Liquidador Emilio
Fernando Gutiérrez Gracia, con D.N.I. 04.173.095-K, y domicilio profesional en C/
San Clemente,11-C local 2 de Talavera de la Reina (Toledo), y dirección
electrónica concursos@emiliogutierrezabogado.es para que los acreedores, a su
elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículo 255,256 y 257 del
TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo
de UN mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín
Oficial del Estado.
4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni
otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.
5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de
manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de
los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.
El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince dias, computados
desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y
propuestas de modificación al mismo.
Toledo, 25 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administracion de
Justicia, María Isabel Collado Cordero.
ID: A200044135-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-32768
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, el deudor y los acreedores, dentro del plazo de alegaciones al plan
de liquidación, podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de
los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho del concursado persona natural. Los acreedores también podrán
solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.