III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-11664)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., para la realización de actividades de formación permanente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83731

c) Poner a disposición del programa conjuntamente desarrollado, la infraestructura y los
medios técnicos, materiales y humanos necesarios para el buen funcionamiento del curso.
d) Realizar la selección de alumnos, según las indicaciones acordadas con la
dirección del curso, siempre con pleno cumplimiento de la normativa de Formación
Permanente de la UNED y el desarrollo estatutario del CEDEX.
e) Desarrollar la gestión y dirección económica del Curso «Máster en Mecánica del
Suelo e Ingeniería Geotécnica», objeto de este Convenio, con sujeción a lo dispuesto en
el mismo. En ningún caso se entenderá incluido en la gestión económica-administrativa el
ejercicio de las potestades públicas que corresponden, con carácter exclusivo a la UNED.
Por parte de la UNED:
a) Colaborar en la organización y gestión del curso, así como en la actividad docente
y pedagógica, a través de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de la
UNED.
b) Realizar las labores administrativas necesarias para la matriculación de los
alumnos, la confección de las actas y la expedición de los Diplomas y Certificados.
Cuarta.

Protección de Datos.

1) Del tratamiento de los datos personales facilitados en el Convenio, por parte de la
UNED.
Los datos personales facilitados, para los casos en que se trate de persona/s física/s,
o en el caso de ser representante/s de una persona jurídica, serán tratados por la
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), en calidad de responsable de
Tratamiento.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos personales es la formalización
y ejecución del presente convenio, del que es parte.
La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión del convenio
suscrito, así como, el mantenimiento del contacto de ambas partes.
Asimismo, la UNED no cederá o comunicará los datos personales almacenados en sus
ficheros a terceros, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario
para la ejecución del convenio.
Podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación del
tratamiento, Portabilidad de los datos u Oposición al tratamiento ante la UNED, C/ Bravo
Murillo, 38, Sección de Protección de Datos, 28015 de Madrid (www.uned.es/dpj) o a
través de la Sede electrónica (https://sede.uned.es/procedimientos/portada/idp/40) de la
UNED.
Para más información visite nuestra Política de Privacidad.

En el caso de que el desarrollo del presente convenio no comportase un tratamiento
de datos de carácter personal, la entidad firmante y, en particular, los trabajadores que
participen en la ejecución de este tienen la prohibición de acceder a los tratamientos,
informáticos y en papel, responsabilidad de la UNED.
Asimismo, tendrán la obligación de guardar estricta confidencialidad y, en su caso,
secreto profesional, aun después de finalizar sus relaciones.
En el supuesto de que el desarrollo del convenio comportara un acceso o tratamiento
de datos personales, a nivel informático y/o en papel, ostentará la condición de encargado
del Tratamiento, obligándose, especialmente, a cumplir con el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y con la normativa que se cree para su desarrollo, así como de

cve: BOE-A-2020-11664
Verificable en https://www.boe.es

2) Del tratamiento de datos personales, responsabilidad de la UNED, por parte del
encargado de tratamiento.