III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Premios. (BOE-A-2020-11663)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan los Premios Nacionales Industria Conectada 4.0 correspondientes al año 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83725

necesidad de incluir documentación anexa se debe justificar en la Memoria utilizando
como título del fichero informático adjunto el mismo título con el que aparece referenciado
en la Memoria. Los anexos que no figuren referenciados en la Memoria no se considerarán
pertinentes y podrían no ser tenidos en cuenta en la valoración. La extensión máxima de
todos los anexos será de 80 páginas A4; interlineado sencillo y tamaño de fuente mínimo
de 12 puntos.
d) Declaración responsable de que las candidaturas se encuentran al corriente de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o en su caso, autorización al
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para consultarlos datos de comprobación de
las obligaciones tributarias y sociales mediante la cumplimentación del apartado
correspondiente del formulario de solicitud.
2. Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al
interesado para que en el plazo máximo de diez días hábiles, desde el siguiente al de
recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos
indicando que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 3. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde la publicación
de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Artículo 4. Evaluación de las solicitudes.
1. El Comité de Valoración Técnica establecido en el artículo 7 de la Orden ICT/820/2020,
de 25 de agosto, valorará cada una de las solicitudes, según los criterios de valoración
establecidos en el artículo 9 de la Orden ICT/820/2020, de 25 de agosto.
2. El Comité de Valoración Técnica, como órgano asesor del Jurado, remitirá al
Jurado un informe con la ordenación de las candidaturas en función de la puntuación
obtenida.
Artículo 5. Jurado.
1. La composición de los miembros del Jurado se anunciará en la página web del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/es-es/Paginas/
index.aspx) durante los quince días naturales posteriores a la fecha de publicación de la
presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. El Jurado, establecido en el artículo 8 de la Orden ICT/820/2020, de 25 de agosto,
elegirá la empresa ganadora de cada modalidad de acuerdo con el informe elaborado por
el Comité de Valoración Técnica.
3. El Jurado podrá declarar los Premios desiertos si considera que ninguna de las
candidaturas reúne los méritos suficientes o no se presentan candidatos.

1. Estos Premios están sometidos a lo dispuesto en la Orden ICT/820/2020, de 25 de
agosto («Boletín Oficial del Estado» número 239, de 7 de septiembre) por la que se
establecen las bases reguladoras para la organización, gestión y concesión de los Premios
Nacionales Industria Conectada 4.0.
2. Para todos aquellos extremos no previstos en la esta resolución o en la
Orden ICT/820/2020, de 25 de agosto, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y las
demás disposiciones que resulten de aplicación.

cve: BOE-A-2020-11663
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 6. Régimen jurídico.