II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2020-11625)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad estadística y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 83538

Igualmente debe acreditar, en los términos previstos en el punto 6.1.2. el haber
prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en
los Cuerpos o escalas del Subgrupo C2 mencionados.
2. En el Anexo VI el personal laboral deberá acreditar, según lo establecido en la
base 6.2.1. la pertenencia como personal laboral fijo a la categoría profesional de Técnico
Superior de Gestión y Servicios Comunes del grupo profesional 3 del III Convenio Único
para el personal laboral de la Administración General del Estado, o a categorías y grupos
profesionales equivalentes al servicio de la Administración General del Estado, sus
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.
También, en los términos previstos en el punto 6.2.2, acreditación de haber prestado,
al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en las categorías y
grupos profesionales mencionados, incluidos los prestados en puestos que hayan sido
encuadrados en las mismas.
La no acreditación de los requisitos establecidos en el plazo mencionado impedirá el
nombramiento de funcionario de carrera.
En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web del Instituto
Nacional de Estadística www.ine.es, en la página web del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación digital: www.economica.gob.es y en el punto de acceso
general www.administracion.gob.es, el Tribunal publicará la relación que contenga la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de 10
días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación, para
efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en
la página web del Instituto Nacional de Estadística. Dicha relación se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Función
Pública disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de 20 días hábiles, desde la
publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior
al de plazas convocadas.
Elección de destinos
La suma de la calificación del concurso-oposición con la obtenida en el curso selectivo
determinará la calificación total y las prioridades para la elección de destino en el caso de
los aspirantes del sistema de promoción interna, quienes tendrán, en todo caso, preferencia
para cubrir los puestos vacantes y se les podrá adjudicar un destino en los términos
previstos en el artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de La Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado
por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
La suma de la calificación de la oposición con la obtenida en el curso selectivo
determinará la calificación total y las prioridades para la elección de destino en el caso de
los aspirantes del sistema general de acceso libre.

cve: BOE-A-2020-11625
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 261