III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2020-11677)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Instituto Geológico y Minero de España, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda al calendario y presupuesto del Convenio con la Junta de Andalucía, para la mejora de la cartografía geológica y geoquímica, el inventario de canteras históricas, la investigación de minerales críticos, y la actualización y difusión de los fondos documentales, relativos a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83788
identificó la necesidad de ajustar los calendarios de trabajo y los presupuestos asociados
a los mismos incluidos en los anexos al Convenio, a fin de adecuarlos a la fecha en que
se produjo la inscripción en el Registro Electrónico, 19 de octubre de 2018, en lugar de la
fecha que se tomó como punto de inicio en el texto original, enero de 2018.
Con esta finalidad, de acuerdo con las potestades que ostenta la Comisión de
Seguimiento (Cláusula siete del Convenio), se han revisado los anexos y se ha realizado
una redistribución del presupuesto y las anualidades, deslizando la finalización de los
trabajos al año 2022 sin que ello comporte, en ningún caso, variación alguna en el
presupuesto inicial.
Asimismo, como consecuencia del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero,
de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se atribuye la
competencia en materia de minas a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía,
donde antes aparecían las siglas de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
(CEEC), ahora figuran las siglas de la Consejería competente en la materia (CHIE).
1.
Modificación de la Cláusula novena.
Esta modificación no supone cambio alguno en el contenido total del Convenio, en
las aportaciones de cada una de las partes ni en la posible contratación de más personal
por parte del IGME, sino en su distribución temporal y, en ningún caso, supone
incremento de la aportación económica del Instituto, quedando dicha cláusula redactada
de la siguiente forma:
La valoración de los trabajos a realizar en el marco de este Convenio asciende
a la cantidad de tres millones ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos once euros
(3.146.411 €), siendo financiado por ambas partes de acuerdo con la siguiente
distribución del gasto, por anualidades y por signatarios:
2018
2019
2020
2021
2022
Total
CHIE.
131.973,67 393.230,00 393.461,33 395.139,33 265.046,67 1.578.851,00
IGME.
131.912,00 434.880,00 449.110,00 320.202,00 231.456,00 1.567.560,00
Total. 263.885,67 828.110,00 842.571,33 715.341,33 496.502,67 3.146.411,00
Las aportaciones de la CHIE, un millón quinientos setenta y ocho mil
ochocientos cincuenta y un euros (1.578.851 €) serán realizadas a través de la
partida presupuestaria:
La cantidad que el IGME aporta, un millón quinientos sesenta y siete mil
quinientos sesenta euros (1.567.560 €), será realizada a través del Capítulo 1 de
su presupuesto de 2018, 2019, 2020, 2021 Y 2022 con cargo a la
aplicación 28.106.467F.1 y equivalentes. Todos los gastos del IGME no suponen
costes adicionales sobre estos presupuestos ni incremento de efectivos por
realizarse con su personal estatutario, y no ser necesaria su sustitución en otras
funciones propias del IGME pues la dedicación prevista ya contempla no superar
los máximos estipulados para garantizar su cumplimiento.
Las aportaciones realizadas por la CHIE sufragarán todos los gastos
correspondientes a las dotaciones recogidas en la tabla adjunta, a excepción de
los recogidos en el epígrafe Personal del IGME, incluyendo los correspondientes
cve: BOE-A-2020-11677
Verificable en https://www.boe.es
1100018070 G/73A/60905/00 01 1995000696
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83788
identificó la necesidad de ajustar los calendarios de trabajo y los presupuestos asociados
a los mismos incluidos en los anexos al Convenio, a fin de adecuarlos a la fecha en que
se produjo la inscripción en el Registro Electrónico, 19 de octubre de 2018, en lugar de la
fecha que se tomó como punto de inicio en el texto original, enero de 2018.
Con esta finalidad, de acuerdo con las potestades que ostenta la Comisión de
Seguimiento (Cláusula siete del Convenio), se han revisado los anexos y se ha realizado
una redistribución del presupuesto y las anualidades, deslizando la finalización de los
trabajos al año 2022 sin que ello comporte, en ningún caso, variación alguna en el
presupuesto inicial.
Asimismo, como consecuencia del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero,
de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se atribuye la
competencia en materia de minas a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía,
donde antes aparecían las siglas de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
(CEEC), ahora figuran las siglas de la Consejería competente en la materia (CHIE).
1.
Modificación de la Cláusula novena.
Esta modificación no supone cambio alguno en el contenido total del Convenio, en
las aportaciones de cada una de las partes ni en la posible contratación de más personal
por parte del IGME, sino en su distribución temporal y, en ningún caso, supone
incremento de la aportación económica del Instituto, quedando dicha cláusula redactada
de la siguiente forma:
La valoración de los trabajos a realizar en el marco de este Convenio asciende
a la cantidad de tres millones ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos once euros
(3.146.411 €), siendo financiado por ambas partes de acuerdo con la siguiente
distribución del gasto, por anualidades y por signatarios:
2018
2019
2020
2021
2022
Total
CHIE.
131.973,67 393.230,00 393.461,33 395.139,33 265.046,67 1.578.851,00
IGME.
131.912,00 434.880,00 449.110,00 320.202,00 231.456,00 1.567.560,00
Total. 263.885,67 828.110,00 842.571,33 715.341,33 496.502,67 3.146.411,00
Las aportaciones de la CHIE, un millón quinientos setenta y ocho mil
ochocientos cincuenta y un euros (1.578.851 €) serán realizadas a través de la
partida presupuestaria:
La cantidad que el IGME aporta, un millón quinientos sesenta y siete mil
quinientos sesenta euros (1.567.560 €), será realizada a través del Capítulo 1 de
su presupuesto de 2018, 2019, 2020, 2021 Y 2022 con cargo a la
aplicación 28.106.467F.1 y equivalentes. Todos los gastos del IGME no suponen
costes adicionales sobre estos presupuestos ni incremento de efectivos por
realizarse con su personal estatutario, y no ser necesaria su sustitución en otras
funciones propias del IGME pues la dedicación prevista ya contempla no superar
los máximos estipulados para garantizar su cumplimiento.
Las aportaciones realizadas por la CHIE sufragarán todos los gastos
correspondientes a las dotaciones recogidas en la tabla adjunta, a excepción de
los recogidos en el epígrafe Personal del IGME, incluyendo los correspondientes
cve: BOE-A-2020-11677
Verificable en https://www.boe.es
1100018070 G/73A/60905/00 01 1995000696