IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-32745)
MOLINA DE SEGURA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 43711
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
32745
MOLINA DE SEGURA
EDICTO
Doña Beatriz Fenoll Verdú, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Molina de Segura, por el presente,
Hago Saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I
Declaración Concurso 0000024/2020 y nig nº 30027 41 1 2019 0006565, se ha
dictado en fecha 26 de agosto de 2020 Auto de declaración de concurso
consecutivo abreviado de los deudores Maria Ángeles Gamero Vicente, Antonio
Andrés Gallego, con dni nº 02877938V, 36512852F, respectivamente, y domicilio
en calle Pliego nº 1, 1º H, 30600 Archena (Murcia).
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y
disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como
Administración Concursal a don Jesús Pérez Jiménez, nif 52.752.473H, con
domicilio en Plaza Preciosa nº 1, 4º B, 30008 Murcia y correo electrónico
jesusperezabogado@icamur.org, para que los acreedores, a su elección, efectúen
la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la
dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de Un Mes
a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del
Estado.
4º.- En fecha de 26 de agosto de 2020 se ha dictado auto de apertura de la
fase de liquidación.
5º.- Habiendo presentado la deudora concursada plan de liquidación, queda de
manifiesto en esta oficina judicial por plazo de diez días para que la Administración
Concursal y los acreedores concursales puedan formular observaciones o
propuestas de modificación.
6º.- Las resoluciones que traigan su causa del concurso se publicarán en la
dirección electrónica del Registro Público Concursal y en el BOE.
7º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este
Juzgado, ni en la Oficina del registro del Juzgado Decano de Molina de Segura.
ID: A200044248-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-32745
Verificable en https://www.boe.es
Molina de Segura, 29 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de
Justicia, Beatriz Fenoll Verdú.
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 43711
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
32745
MOLINA DE SEGURA
EDICTO
Doña Beatriz Fenoll Verdú, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Molina de Segura, por el presente,
Hago Saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I
Declaración Concurso 0000024/2020 y nig nº 30027 41 1 2019 0006565, se ha
dictado en fecha 26 de agosto de 2020 Auto de declaración de concurso
consecutivo abreviado de los deudores Maria Ángeles Gamero Vicente, Antonio
Andrés Gallego, con dni nº 02877938V, 36512852F, respectivamente, y domicilio
en calle Pliego nº 1, 1º H, 30600 Archena (Murcia).
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y
disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como
Administración Concursal a don Jesús Pérez Jiménez, nif 52.752.473H, con
domicilio en Plaza Preciosa nº 1, 4º B, 30008 Murcia y correo electrónico
jesusperezabogado@icamur.org, para que los acreedores, a su elección, efectúen
la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la
dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de Un Mes
a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del
Estado.
4º.- En fecha de 26 de agosto de 2020 se ha dictado auto de apertura de la
fase de liquidación.
5º.- Habiendo presentado la deudora concursada plan de liquidación, queda de
manifiesto en esta oficina judicial por plazo de diez días para que la Administración
Concursal y los acreedores concursales puedan formular observaciones o
propuestas de modificación.
6º.- Las resoluciones que traigan su causa del concurso se publicarán en la
dirección electrónica del Registro Público Concursal y en el BOE.
7º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este
Juzgado, ni en la Oficina del registro del Juzgado Decano de Molina de Segura.
ID: A200044248-1
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Molina de Segura, 29 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de
Justicia, Beatriz Fenoll Verdú.