III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-11679)
Corrección de errores de la Resolución de 10 de septiembre de 2020, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, para la vinculación con entidades del Sistema Sanitario de Salud, para el desarrollo de actividades de investigación y formación biomédica en el área temática de enfermedades raras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83808

Nanomedicina, (CIBERBBN); Enfermedades Raras, (CIBERER); Enfermedades
Respiratorias, (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas, (CIBEREHD);
Epidemiología y Salud Pública, (CIBERESP); Salud Mental, (CIBERSAM); Diabetes y
Enfermedades Metabólicas, (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición,
(CIBEROBN); Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES), Enfermedades
Cardiovasculares (CIBERCV) y Cáncer (CIBERONC). Consorcio promovido por el
Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., con objeto de impulsar y colaborar en la
investigación científica, desarrollo del conocimiento y transferencia del mismo hacia la
sociedad.
II. Según establece el artículo 6, apartado m), de los Estatutos del CIBER, es
función del Gerente aprobar los convenios de vinculación recogidos en los artículos 28
y 29. Además, según se establece en el artículo 28, de los estatutos del consorcio, el
Consejo Rector, previo informe del Director Científico e informe favorable de la Comisión
Permanente, podrá vincular al CIBER a los grupos de investigación clínica de los centros
del SNS cuya asociación sea necesaria para el desarrollo de los programas del CIBER
mediante convenios. Estos convenios podrán establecer las condiciones financieras de
participación en el CIBER.
III. Que la FFIS asimismo, está considerada como Agente de Cooperación Pública
en los términos definidos en la convocatoria de ayudas destinadas a financiar estructuras
estables de investigación cooperativa en el área de biomedicina y ciencias de la Salud al
amparo de la Resolución del 30 de marzo de 2006 (BOE 7 de abril)/27 de marzo de 2007
(BOE 19 de abril) del Instituto de Salud Carlos III.
Que tanto el CIBER como la FFIS, en el marco de sus planes estratégicos, están de
acuerdo en aunar esfuerzos dentro del marco de competencias que es propio de cada
uno de ellos, en desarrollar actividades de investigación cooperativa multidisciplinar y
traslacional así como, promover la transferencia de resultados de investigación y
desarrollo y atender a la formación científica especializada en Biomedicina.
IV. Que el Convenio de vinculación a celebrar ha sido aprobado por el Consejo
Rector celebrado el 13 de diciembre de 2019.
En virtud de lo expuesto, las partes, reconociéndose capacidad y competencia
suficiente para intervenir en este acto, proceden a firmar el presente convenio de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS

El objeto general del presente convenio es establecer el marco de colaboración
científica dentro del cual se van a desarrollar las relaciones entre el CIBER y la FFIS, en
concreto, a través del Grupo Investigación en pediatría, liderado por la Dra. Encarnación
Guillén Navarro, perteneciente a dicha institución, para regular las relaciones jurídicas y
la realización de cuantas actividades vinculadas a los programas científico-técnicos de
las partes se consideren de interés mutuo, y afecten a objetivos a desarrollar
conjuntamente por las instituciones firmantes, incluyendo derechos propiedad intelectual
e industrial y difusión, entre otras y cuyo límite viene determinado por la convocatoria de
la que trae causa la constitución del Consorcio, así como por lo establecido en los
Estatutos del CIBER.
El objetivo específico del presente convenio es complementar actividades científicas
y promover sinergias de cooperación entre las partes, que redundarán en una mayor
eficiencia de las actividades del CIBER, que actuará como agente coordinador y
responsable de acuerdo con lo establecido en la convocatoria y demás normas de
aplicación.

cve: BOE-A-2020-11679
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.