II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2020-11619)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de la Presidencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020
Quinta.

Sec. II.B. Pág. 83462

Méritos.

Para la provisión de la plaza anunciada serán objeto de ponderación los méritos
indicados en la base tercera.
Sexta. Comparecencia.
Las personas que opten a la plaza convocada que no resulten excluidas por
incumplimiento de los requisitos legales y/o reglamentarios serán convocadas por la
Comisión Permanente a una comparecencia que se llevará a cabo en los términos
establecidos en la base cuarta.
Séptima.

Criterios de ponderación.

Los criterios de ponderación de méritos que se tendrán en cuenta para llevar el cabo
el nombramiento serán los establecidos en la base sexta.
Octava. Nombramiento.
La provisión de la plaza anunciada se efectuará por Real Decreto a propuesta del
Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Real Decreto de nombramiento se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo la publicación los efectos de
notificación a las personas aspirantes a la plaza anunciada.
Novena.

Retirada de documentación.

Las personas aspirantes a la plaza no nombradas dispondrán de un plazo de seis
meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso de
no efectuarlo.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente,
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente
resolución. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Madrid, 24 de septiembre de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
ANEXO I
Bases por las que se ha de regir el nombramiento de la presidencia de la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears

Primera.

Requisitos de las personas que opten a la plaza.

Podrán tomar parte en la convocatoria las personas pertenecientes a la Carrera
Judicial con la categoría de magistrado o magistrada en situación administrativa de servicio
activo o de servicios especiales que, a la fecha en que ha de producirse la vacante, 19 de
junio de 2020, hubiesen prestado diez años de servicio en la categoría y ocho en el orden
jurisdiccional social.

cve: BOE-A-2020-11619
Verificable en https://www.boe.es

La convocatoria para el nombramiento de la presidencia de la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears se regirá por las bases siguientes: