III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2020-11588)
Resolución de 9 de septiembre de 2020, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Las Navas del Marqués, para la organización conjunta de visitas guiadas al Castillo Palacio de Magalia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

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por visita siendo un máximo de 14 anuales lo que computa un total de 7.000 euros
anuales (IVA no incluido).
Los ingresos percibidos por el Ayuntamiento de las visitas guiadas y teatralizadas
irán destinados íntegramente a cubrir el coste de las mismas por lo que no percibirá
ningún beneficio económico por estas actividades.
Quinta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a facilitar la difusión de las actividades objeto del
Convenio.
En toda la promoción y difusión de las actividades objeto del presente Convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Sexta.

Contratos derivados del presente Convenio.

Los contratos que en su caso deban celebrarse para la ejecución del presente
Convenio se tramitarán de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público.
Séptima. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para la gestión del objeto de este Convenio los interlocutores serán: por el INAEM, la
directora del Castillo Palacio de Magalia o persona en quien delegue, y por el Excmo.
Ayuntamiento de Las Navas del Marqués su Alcalde-Presidente o persona en quien
delegue, que serán los encargados de resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse.
Octava. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.
El Excmo. Ayuntamiento de Las Navas del Marqués certifica que cumple con los
requisitos que impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa
relacionada vigente. Por ello asume el compromiso de comunicar al INAEM, los riesgos
que su trabajo en las dependencias del espacio Castillo Palacio de Magalia pueda
generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o
controlarlos, según el RD 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24
de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia
de coordinación de actividades empresariales.
Vigencia y modificación.

El presente Convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios y su vigencia se extenderá durante 2 años.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación de los términos del presente Convenio y/o la prórroga de su vigencia
requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la
correspondiente adenda.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del Convenio podrá
acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

cve: BOE-A-2020-11588
Verificable en https://www.boe.es

Novena.