III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2020-11579)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se publica la Adenda n.º 3 al Convenio con la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, y las Entidades Públicas Empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y ADIF Alta Velocidad, para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras ferroviarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83085
En cualquier caso, serán causas de resolución del Convenio todas las previstas
en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.»
5. Modificación de los anexos del Convenio
Se actualizan los siguientes anexos del Convenio:
Anexo I. Relación de obras finalizadas o en ejecución.
Se actualiza la relación de obras finalizadas o en ejecución.
Anexo II. Fuentes de financiación y aplicaciones.
Se actualizan los importes de las obras.
Anexo III. Actuaciones finalizadas y/o puestas en servicio.
Se actualiza la relación de obras finalizadas o puestas en servicio.
Y, en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en cuatro ejemplares, en el
lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
José Luis Ábalos Meco.–El Presidente de SEITTSA, Sergio Vázquez Torrón.–La Presidenta
de ADIF y ADIF Alta Velocidad, Isabel Pardo de Vera Posadas.
ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado, la «Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E. S.A.» y las Entidades Públicas
Empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y ADIF Alta
Velocidad, para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras
ferroviarias
(Versión consolidada, que incorpora las modificaciones aprobadas en las adendas de
fecha 30 de diciembre de 2016, de 24 de abril de 2018 y de 29 de septiembre de 2020.)
En Madrid, 29 de septiembre de 2020.
REUNIDOS
Don José Luis Ábalos Meco, Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
nombrado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, en virtud de lo establecido en el
artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y en el artículo 6.5 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Don Sergio Vázquez Torrón, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad
Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre S.M.E., S.A, cargo para el que fue
nombrado por el Consejo de Administración de la sociedad en su reunión del día 1 de julio
de 2020.
Doña Isabel Pardo de Vera Posada, Presidenta de las Entidades públicas
empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y ADIF Alta Velocidad,
cargo para el que fue nombrada por Real Decreto Real Decreto 735/2018, de 29 de junio.
MANIFIESTAN
Primero.
La disposición adicional sexagésimo séptima de la Ley 30/2005, de Presupuestos
Generales del Estado para 2006, introdujo los apartados 4 y 5 en el artículo 6 de la
Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. Conforme al artículo 6.5, vigente
en el caso del presente Convenio de acuerdo con las previsiones de la disposición
cve: BOE-A-2020-11579
Verificable en https://www.boe.es
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad para formalizar
el presente Convenio y obligarse en los términos del mismo, y, a tal efecto,
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83085
En cualquier caso, serán causas de resolución del Convenio todas las previstas
en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.»
5. Modificación de los anexos del Convenio
Se actualizan los siguientes anexos del Convenio:
Anexo I. Relación de obras finalizadas o en ejecución.
Se actualiza la relación de obras finalizadas o en ejecución.
Anexo II. Fuentes de financiación y aplicaciones.
Se actualizan los importes de las obras.
Anexo III. Actuaciones finalizadas y/o puestas en servicio.
Se actualiza la relación de obras finalizadas o puestas en servicio.
Y, en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en cuatro ejemplares, en el
lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
José Luis Ábalos Meco.–El Presidente de SEITTSA, Sergio Vázquez Torrón.–La Presidenta
de ADIF y ADIF Alta Velocidad, Isabel Pardo de Vera Posadas.
ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado, la «Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E. S.A.» y las Entidades Públicas
Empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y ADIF Alta
Velocidad, para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras
ferroviarias
(Versión consolidada, que incorpora las modificaciones aprobadas en las adendas de
fecha 30 de diciembre de 2016, de 24 de abril de 2018 y de 29 de septiembre de 2020.)
En Madrid, 29 de septiembre de 2020.
REUNIDOS
Don José Luis Ábalos Meco, Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
nombrado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, en virtud de lo establecido en el
artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y en el artículo 6.5 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Don Sergio Vázquez Torrón, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad
Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre S.M.E., S.A, cargo para el que fue
nombrado por el Consejo de Administración de la sociedad en su reunión del día 1 de julio
de 2020.
Doña Isabel Pardo de Vera Posada, Presidenta de las Entidades públicas
empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y ADIF Alta Velocidad,
cargo para el que fue nombrada por Real Decreto Real Decreto 735/2018, de 29 de junio.
MANIFIESTAN
Primero.
La disposición adicional sexagésimo séptima de la Ley 30/2005, de Presupuestos
Generales del Estado para 2006, introdujo los apartados 4 y 5 en el artículo 6 de la
Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. Conforme al artículo 6.5, vigente
en el caso del presente Convenio de acuerdo con las previsiones de la disposición
cve: BOE-A-2020-11579
Verificable en https://www.boe.es
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad para formalizar
el presente Convenio y obligarse en los términos del mismo, y, a tal efecto,