III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2020-11587)
Resolución de 19 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción de la instalación de Gorona del Viento (RO2-0214) correspondiente al ejercicio 2015.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83172

Total

Euros

Compensación Gorona 2015

Extracoste Gorona con cargo al sistema eléctrico.

5.405.572,89

Extracoste Gorona con cargo a PGE.

5.405.572,89

Cuarto.
Aprobar la siguiente cuantía de la retribución pendiente de liquidar correspondiente a
la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares
para el grupo Gorona del Viento, para el año 2015 con cargo al sistema eléctrico:
Total

Euros

Compensación pdte con cargo al sistema eléctrico

Extracoste Gorona con cargo al sistema eléctrico.

5.405.572,89

Compensación sistema eléctrico percibida.

4.677.467,94

Compensación pendiente con cargo al sistema eléctrico.

728.104,95

Quinto.
Aprobar la siguiente cuantía de la retribución pendiente de liquidar correspondiente a
la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares
para el para el grupo Gorona del Viento, para el año 2015 con cargo a Presupuestos
Generales del Estado:
Compensación pdte con cargo a PGE

Total

Euros

Extracoste Gorona con cargo a PGE.

5.405.572,89

Compensación PGE percibida por Gorona.

5.099.749,24

Compensación pendiente con cargo a PGE.

305.823,65

Sexto.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 19 de septiembre de 2020.–El Director General de Política Energética y
Minas, Manuel García Hernández.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2020-11587
Verificable en https://www.boe.es

La liquidación de la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema
eléctrico correspondiente a la actividad de producción de la instalación Gorona del Viento
(RO2-0214) para el año 2015, aprobada en el apartado cuarto, se realizará en la
Liquidación Definitiva de las Actividades Reguladas del Sector Eléctrico correspondiente
al ejercicio 2019.