III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2020-11586)
Resolución de 19 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares correspondiente al ejercicio 2015, para los grupos titularidad del Grupo Endesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83165
Cuarto.
Aprobar la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema eléctrico
correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los territorios
no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa para el año 2015, que son los
que figuran en el siguiente cuadro:
Euros
Baleares
GESA
Canarias
UNELCO
Ceuta y Melilla
Endesa
Total
Grupo Endesa
Extracoste con cargo al sistema eléctrico.
165.584.196,22
342.080.866,71
32.222.441,25
539.887.504,17
Liquidaciones de actividades reguladas realizadas.
222.156.319,00
609.989.043,00
56.314.442,00
888.459.804,00
Cuantía pendiente cobro sistema eléctrico.
-56.572.122,78
-267.908.176,29
-24.092.000,75
-348.572.299,83
Quinto.
Aprobar la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo a la cuenta
diferenciada donde se ingresan los importes con cargo a Presupuestos Generales del
Estado correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa para el año 2015,
desagregadas de acuerdo con el cuadro siguiente:
Euros
Baleares
GESA
Canarias
UNELCO
Ceuta y Melilla
Endesa
Total
Grupo Endesa
Extracoste con cargo a PGE.
165.584.196,22
342.080.866,71
32.222.441,25
539.887.504,17
Liquidaciones con cargo PGE 2015 realizadas a Endesa.
139.100.294,00
375.345.063,00
35.561.366,00
550.006.723,00
26.483.902,22
-33.264.196,29
-3.338.924,75
-10.119.218,83
Cuantía pendiente cobro con cargo PGE.
Sexto.
Las cuantías por retribución por costes de inversión, tanto de grupos nuevos como
de grupos existentes, que eventualmente pudieran reconocerse en la resolución de la
primera convocatoria del procedimiento de otorgamiento de la resolución de
compatibilidad de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios
no peninsulares regulada en la disposición transitoria primera del Real
Decreto 738/2015, de 31 de julio serán introducidas como costes de generación en las
cuantías definitivas de los costes de generación de liquidación de los territorios no
peninsulares que se aprueben en los años sucesivos.
La liquidación de la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema
eléctrico correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa, S.A., para el
año 2015, aprobada en el apartado cuarto, se realizará en la Liquidación Definitiva de las
Actividades Reguladas del Sector Eléctrico correspondiente al ejercicio 2019.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
cve: BOE-A-2020-11586
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83165
Cuarto.
Aprobar la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema eléctrico
correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los territorios
no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa para el año 2015, que son los
que figuran en el siguiente cuadro:
Euros
Baleares
GESA
Canarias
UNELCO
Ceuta y Melilla
Endesa
Total
Grupo Endesa
Extracoste con cargo al sistema eléctrico.
165.584.196,22
342.080.866,71
32.222.441,25
539.887.504,17
Liquidaciones de actividades reguladas realizadas.
222.156.319,00
609.989.043,00
56.314.442,00
888.459.804,00
Cuantía pendiente cobro sistema eléctrico.
-56.572.122,78
-267.908.176,29
-24.092.000,75
-348.572.299,83
Quinto.
Aprobar la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo a la cuenta
diferenciada donde se ingresan los importes con cargo a Presupuestos Generales del
Estado correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa para el año 2015,
desagregadas de acuerdo con el cuadro siguiente:
Euros
Baleares
GESA
Canarias
UNELCO
Ceuta y Melilla
Endesa
Total
Grupo Endesa
Extracoste con cargo a PGE.
165.584.196,22
342.080.866,71
32.222.441,25
539.887.504,17
Liquidaciones con cargo PGE 2015 realizadas a Endesa.
139.100.294,00
375.345.063,00
35.561.366,00
550.006.723,00
26.483.902,22
-33.264.196,29
-3.338.924,75
-10.119.218,83
Cuantía pendiente cobro con cargo PGE.
Sexto.
Las cuantías por retribución por costes de inversión, tanto de grupos nuevos como
de grupos existentes, que eventualmente pudieran reconocerse en la resolución de la
primera convocatoria del procedimiento de otorgamiento de la resolución de
compatibilidad de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios
no peninsulares regulada en la disposición transitoria primera del Real
Decreto 738/2015, de 31 de julio serán introducidas como costes de generación en las
cuantías definitivas de los costes de generación de liquidación de los territorios no
peninsulares que se aprueben en los años sucesivos.
La liquidación de la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema
eléctrico correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa, S.A., para el
año 2015, aprobada en el apartado cuarto, se realizará en la Liquidación Definitiva de las
Actividades Reguladas del Sector Eléctrico correspondiente al ejercicio 2019.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
cve: BOE-A-2020-11586
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Séptimo.