III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2020-11565)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Formación Profesional Sanitaria "Institut Bonanova-Parc de Salut Mar" de Barcelona, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (Departamento de Barcelona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 82995
El Instituto con sede en Madrid y cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio nacional, está integrado por tres Departamentos que radican respectivamente en
Madrid, Barcelona y Sevilla; y una Delegación del Departamento de Sevilla en Santa Cruz
de Tenerife.
III. Uno de los fines fundamentales del Instituto de Formación Profesional Sanitaria
«Bonanova-Parc de Salut Mar» de Barcelona es la preparación académica y profesional
en los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes. Para dar cumplimiento a este
objetivo, resulta de interés la realización de prácticas en el INTCF, Departamento de
Barcelona, para el desarrollo del módulo profesional de Formación de Sanidad del ciclo de
Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
IV. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional, dispone en su artículo 6.2 que la participación de las empresas y otras
entidades en el sistema nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se
desarrollará, entre otros, en el ámbito de la formación de los/las alumnos/as en los centros
de trabajo y la realización de otras prácticas profesionales, y que dicha colaboración, se
instrumentará mediante los oportunos acuerdos y convenios.
V. El presente convenio se formaliza al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.2 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
VI. El Departamento de Barcelona del INTCF está interesado en colaborar en este
programa facilitando a el/la, los/las estudiante/s la realización de prácticas en sus
dependencias y participando activamente en su formación.
VII. Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas en la forma
que se detalla en la parte dispositiva de este convenio por considerar que esta actividad
puede resultar de gran interés para la formación de profesionales que en un futuro pudieran
colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que redundará en una mayor
calidad de la misma.
Las partes más arriba expresadas se reconocen mutuamente la capacidad legal
necesaria en la representación en la que actúan para suscribir este convenio, conforme a
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la colaboración entre el Ministerio de Justicia, a través
del Departamento de Barcelona del INTCF y el Instituto de Formación Profesional Sanitaria
«Institut Bonanova-Parc de Salut Mar» de Barcelona para la realización de prácticas del
módulo profesional de Sanidad del ciclo de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico en el
Departamento de Barcelona del INTCF.
La referida colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad
del Ministerio de Justicia, y en particular, del Departamento de Barcelona del INTCF, por lo
que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará
suspendido en tanto persistan estas situaciones, o en su caso, extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte del
Institut Bonanova-Parc de Salut Mar.
Condiciones y requisitos de las prácticas.
El Departamento de Barcelona del INTCF se compromete al cumplimiento de la
programación de actividades formativas que previamente hayan sido acordadas con el
centro educativo (Anexo I), a realizar su seguimiento y la valoración del progreso del
alumnado a través del aplicativo QBID del Departamento de Educación y, junto con el/la
profesor/a-tutor/a del centro educativo, a la revisión de la programación, si una vez iniciado
el período de prácticas, y a la vista de los resultados, fuese necesario.
El Departamento de Barcelona del INTCF nombrará un/una responsable para la
coordinación de las actividades formativas a realizar, que garantizará la orientación y
cve: BOE-A-2020-11565
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 82995
El Instituto con sede en Madrid y cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio nacional, está integrado por tres Departamentos que radican respectivamente en
Madrid, Barcelona y Sevilla; y una Delegación del Departamento de Sevilla en Santa Cruz
de Tenerife.
III. Uno de los fines fundamentales del Instituto de Formación Profesional Sanitaria
«Bonanova-Parc de Salut Mar» de Barcelona es la preparación académica y profesional
en los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes. Para dar cumplimiento a este
objetivo, resulta de interés la realización de prácticas en el INTCF, Departamento de
Barcelona, para el desarrollo del módulo profesional de Formación de Sanidad del ciclo de
Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
IV. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional, dispone en su artículo 6.2 que la participación de las empresas y otras
entidades en el sistema nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se
desarrollará, entre otros, en el ámbito de la formación de los/las alumnos/as en los centros
de trabajo y la realización de otras prácticas profesionales, y que dicha colaboración, se
instrumentará mediante los oportunos acuerdos y convenios.
V. El presente convenio se formaliza al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.2 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
VI. El Departamento de Barcelona del INTCF está interesado en colaborar en este
programa facilitando a el/la, los/las estudiante/s la realización de prácticas en sus
dependencias y participando activamente en su formación.
VII. Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas en la forma
que se detalla en la parte dispositiva de este convenio por considerar que esta actividad
puede resultar de gran interés para la formación de profesionales que en un futuro pudieran
colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que redundará en una mayor
calidad de la misma.
Las partes más arriba expresadas se reconocen mutuamente la capacidad legal
necesaria en la representación en la que actúan para suscribir este convenio, conforme a
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la colaboración entre el Ministerio de Justicia, a través
del Departamento de Barcelona del INTCF y el Instituto de Formación Profesional Sanitaria
«Institut Bonanova-Parc de Salut Mar» de Barcelona para la realización de prácticas del
módulo profesional de Sanidad del ciclo de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico en el
Departamento de Barcelona del INTCF.
La referida colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad
del Ministerio de Justicia, y en particular, del Departamento de Barcelona del INTCF, por lo
que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará
suspendido en tanto persistan estas situaciones, o en su caso, extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte del
Institut Bonanova-Parc de Salut Mar.
Condiciones y requisitos de las prácticas.
El Departamento de Barcelona del INTCF se compromete al cumplimiento de la
programación de actividades formativas que previamente hayan sido acordadas con el
centro educativo (Anexo I), a realizar su seguimiento y la valoración del progreso del
alumnado a través del aplicativo QBID del Departamento de Educación y, junto con el/la
profesor/a-tutor/a del centro educativo, a la revisión de la programación, si una vez iniciado
el período de prácticas, y a la vista de los resultados, fuese necesario.
El Departamento de Barcelona del INTCF nombrará un/una responsable para la
coordinación de las actividades formativas a realizar, que garantizará la orientación y
cve: BOE-A-2020-11565
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.