II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2020-11518)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 82745

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
11518

Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el
sistema de libre designación.

De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, esta
Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre
designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente
Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios que
reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.
Segunda.
Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura
en el anexo II, al Sr. Subsecretario de Educación y Formación Profesional, dentro del plazo
de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en el Registro del Ministerio de
Educación y Formación Profesional (Los Madrazo, 15, Madrid) o en la forma establecida
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro personal y último destino
definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su currículum vitae en
el que harán constar:

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con
carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 18 de septiembre de 2020.–El Secretario de Estado de Educación, P.D. (Orden
EFP/1422/2018, de 27 de diciembre), el Subsecretario de Educación y Formación
Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.

cve: BOE-A-2020-11518
Verificable en https://www.boe.es

a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno
poner de manifiesto.