IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32643)
MÁLAGA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 43567
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32643
MÁLAGA
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 35 del TRLC, anuncia:
1.º Que en el procedimiento n.º 257/2020 (NIG 2906742120200008434), por
auto de fecha 6 de marzo de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al
deudor SANIBESUR, S.A., con NIF A92564426, domicilio en Málaga y cuyo centro
de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición
de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración
concursal.
3.º Que la administración concursal la integra doña Gema Rojo Pérez, provista
de DNI 78968496C.; vecina de Málaga, domicilio y dirección postal en Málaga, c/
Palma del Río, n.º 19, planta 2.ª, n 20, C.P. 29004 teléfono: 952218781; profesión:
economista y con dirección de correo electrónico concursos@grojoasociados.com
que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se
formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el
crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la
administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio
designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el
juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante
el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha
y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el
siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se
ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán
personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
Málaga, 28 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de
Justicia, José María Casasola Díaz.
ID: A200043838-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-32643
Verificable en https://www.boe.es
6.º. Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los
efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 43567
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32643
MÁLAGA
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 35 del TRLC, anuncia:
1.º Que en el procedimiento n.º 257/2020 (NIG 2906742120200008434), por
auto de fecha 6 de marzo de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al
deudor SANIBESUR, S.A., con NIF A92564426, domicilio en Málaga y cuyo centro
de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición
de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración
concursal.
3.º Que la administración concursal la integra doña Gema Rojo Pérez, provista
de DNI 78968496C.; vecina de Málaga, domicilio y dirección postal en Málaga, c/
Palma del Río, n.º 19, planta 2.ª, n 20, C.P. 29004 teléfono: 952218781; profesión:
economista y con dirección de correo electrónico concursos@grojoasociados.com
que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se
formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el
crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la
administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio
designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el
juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante
el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha
y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el
siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se
ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán
personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
Málaga, 28 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de
Justicia, José María Casasola Díaz.
ID: A200043838-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-32643
Verificable en https://www.boe.es
6.º. Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los
efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.