II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2020-11507)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Interventor/a del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 82654

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
11507

Acuerdo de 24 de septiembre de 2020, de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la
provisión de puesto de trabajo de Interventor/a del Consejo.

Se encuentra próximo a quedar vacante el puesto de Interventor/a al servicio del
Consejo y su provisión se considera necesaria para atender correctamente el
funcionamiento de este órgano constitucional.
Por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
del día de la fecha, ha acordado convocar el procedimiento para la provisión del mismo,
conforme a las características que se describen en el anexo I y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 565.3, 599.1.4 y 611.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El proceso se regirá por las siguientes normas:
Primera.
Solo podrán tomar parte en el mismo funcionarios/as pertenecientes al Cuerpo
Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Segunda.
Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se
ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excelentísimo señor
Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar una
relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación
documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», de alguna de las siguientes maneras:
a) En el Registro General del propio Consejo,
b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición
derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas,
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://
registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402 si se dispone del
correspondiente certificado electrónico.

Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se harán constar los
méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se
refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que
se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los
documentos justificativos correspondientes.
La documentación se presentará sin grapar y sin encuadernar con el fin de evitar el
posible deterioro de los documentos en el momento de que sean preparados para la
preceptiva digitalización. En caso contrario, y según recoge el acuerdo de la Comisión
Permanente sobre creación del registro electrónico, los documentos podrán ser

cve: BOE-A-2020-11507
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.