III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Fondo de apoyo para la diversificación del sector pesquero y acuícola. Cuentas anuales. (BOE-A-2020-11466)
Resolución de 7 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se publican las cuentas anuales del Fondo de Apoyo para la Diversificación del Sector Pesquero y Acuícola del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de septiembre de 2020

Sec. III. Pág. 82489

MEMORIA DEL FONDO DE APOYO PARA LA DIVERSIFICACIÓN DEL SECTOR PESQUERO
Y ACUÍCOLA, F.C.P.J.
EJERCICIO 2019
1.‐ Organización y actividad.
La Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2007, establece en su disposición adicional cuadragésima segunda la creación del Fondo
de apoyo para la diversificación del sector pesquero y acuícola, que tiene por objeto
prestar apoyo financiero a las empresas del sector. Dicho Fondo se integra dentro de la
entidad aportante, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El apoyo financiero del Fondo a las empresas del sector pesquero y acuícola se presta en
forma de préstamos participativos, créditos a largo plazo o cualquier otra fórmula de
financiación internacionalmente reconocida para el desarrollo de esta actividad.
En la mencionada disposición adicional se establece asimismo que el Fondo carece de
personalidad jurídica, y que su gestión corresponde a SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL
S.A., S.M.E., (SEPIDES).

Con fecha 21 de diciembre de 2007, se firmó el convenio de colaboración entre el
entonces Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y SEPI DESARROLLO
EMPRESARIAL S.A., S.M.E., (SEPIDES), con el objeto de desarrollar lo dispuesto en la
disposición adicional cuadragésima segunda de la Ley 42/2006.
En todas las actuaciones relativas a este Fondo, SEPIDES actúa en nombre propio y por
cuenta del citado Fondo. De igual manera, SEPIDES, como entidad gestora, actúa como
depositaria de los contratos representativos de las operaciones realizadas con cargo al
Fondo. Todas las operaciones efectuadas son registradas en una contabilidad específica
separada e independiente de la entidad gestora, de acuerdo con lo establecido en la Ley
General de Presupuestaria.

Tal y como establece la Ley 42/2006, este Fondo integra a todos los efectos al Fondo de
apoyo a la acuicultura en Galicia, creado por Ley 62/2003 de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, del cual eran copartícipes SEPIDES y el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Una vez establecida la situación
patrimonial del citado Fondo, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Convenio de
Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y SEPIDES, se fijó
como fecha para dicha integración el 2 de enero de 2008.

La disposición final décima sexta de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 28 de
junio de 2017, prorrogo la vigencia del Fondo de Apoyo para la Diversificación del Sector
Pesquero y Acuícola, F.C.P.J., hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta disposición no
especifica cómo se devolverá a la finalización de la vigencia del Fondo de Apoyo para la
Diversificación del Sector Pesquero y Acuícola, F.C.P.J., la participación del Fondo de
Apoyo a la Acuicultura en Galicia.

cve: BOE-A-2020-11466
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Núm. 259