II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Destinos. (BOE-A-2020-11437)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 30 de enero de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Miércoles 30 de septiembre de 2020

Sec. II.A. Pág. 82360

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
11437

Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 30 de enero de
2020.

Por Resolución de 30 de enero de 2020, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del
Estado» de 7 de febrero de 2020), se convocó concurso específico de méritos (ref. FE1/20)
para la provisión de puestos de trabajo en el Departamento.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, a la vista de las
solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada
por la Comisión de Valoración sobre los puestos de trabajo a adjudicar,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo a los
funcionarios que se mencionan en el mismo.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos que se especifican en el anexo por alguna de las
siguientes causas: No hubo petición alguna para cubrirlos, ningún candidato alcanzó la
puntuación mínima exigida o ninguno reunió las condiciones requeridas en la convocatoria.
Tercero.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no implica
cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o
reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al
de cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación
de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución
comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde dicha publicación.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de
toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación
o por el de concurso, en otros Departamentos o Comunidades Autónomas. Asimismo, se
considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de
indemnización por concepto alguno.
Quinto.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe, potestativamente
y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo
dictó, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) o recurso

cve: BOE-A-2020-11437
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Cuarto.