II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-11456)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. II.B. Pág. 82417
A la vista de los informes, y tras las deliberaciones que correspondan, la Comisión
procederá a realizar las votaciones necesarias, en las que no será posible la abstención,
para determinar el candidato propuesto para ocupar la plaza, teniendo en cuenta que no
podrá proponerse un número de candidatos superior al de la plaza objeto del concurso.
Una vez terminado el concurso, la Universidad hará públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados,
especificando el candidato cuyo nombramiento haya sido propuesto por la Comisión para
ocupar la plaza objeto del concurso.
Novena.
En el plazo de siete días hábiles a partir del siguiente al de finalización de la actuación
de la Comisión, el Secretario de la Comisión entregará en la Secretaría General de la
Universidad, junto con la propuesta de nombramiento, toda la documentación relativa a las
actuaciones de la Comisión y una copia de la documentación entregada por cada
candidato.
Décima.
La constitución de la Comisión, el acto de presentación, la celebración de las pruebas y las
deliberaciones de la Comisión deberán realizarse en la sede central de la UNED en Madrid.
El concurso habrá de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOE.
A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de
agosto.
Undécima.
La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación con el nombre del candidato propuesto para su nombramiento y sin que se pueda
exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El concurso podrá
concluir con la propuesta de la Comisión de no provisión de plazas.
Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los concursantes
podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución. La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el Reglamento de
Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED.
Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera
de los demás procedimientos señalados 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas certificación de la
Universidad o del Organismo Público de Investigación del que dependa, acreditativa de su
condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El nombramiento propuesto por la Comisión será efectuado por el Rector de la UNED
después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos generales
y específicos en el plazo establecido. En el caso de que el concursante no presente
oportunamente la documentación requerida, no podrá ser nombrado, quedando anuladas
todas sus actuaciones, procediendo el Rector al nombramiento del siguiente concursante
en el orden de prelación formulado.
El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente Registro a efectos
de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo
cve: BOE-A-2020-11456
Verificable en https://www.boe.es
Decimotercera.
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. II.B. Pág. 82417
A la vista de los informes, y tras las deliberaciones que correspondan, la Comisión
procederá a realizar las votaciones necesarias, en las que no será posible la abstención,
para determinar el candidato propuesto para ocupar la plaza, teniendo en cuenta que no
podrá proponerse un número de candidatos superior al de la plaza objeto del concurso.
Una vez terminado el concurso, la Universidad hará públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados,
especificando el candidato cuyo nombramiento haya sido propuesto por la Comisión para
ocupar la plaza objeto del concurso.
Novena.
En el plazo de siete días hábiles a partir del siguiente al de finalización de la actuación
de la Comisión, el Secretario de la Comisión entregará en la Secretaría General de la
Universidad, junto con la propuesta de nombramiento, toda la documentación relativa a las
actuaciones de la Comisión y una copia de la documentación entregada por cada
candidato.
Décima.
La constitución de la Comisión, el acto de presentación, la celebración de las pruebas y las
deliberaciones de la Comisión deberán realizarse en la sede central de la UNED en Madrid.
El concurso habrá de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOE.
A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de
agosto.
Undécima.
La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación con el nombre del candidato propuesto para su nombramiento y sin que se pueda
exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El concurso podrá
concluir con la propuesta de la Comisión de no provisión de plazas.
Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los concursantes
podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución. La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el Reglamento de
Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED.
Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera
de los demás procedimientos señalados 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas certificación de la
Universidad o del Organismo Público de Investigación del que dependa, acreditativa de su
condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El nombramiento propuesto por la Comisión será efectuado por el Rector de la UNED
después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos generales
y específicos en el plazo establecido. En el caso de que el concursante no presente
oportunamente la documentación requerida, no podrá ser nombrado, quedando anuladas
todas sus actuaciones, procediendo el Rector al nombramiento del siguiente concursante
en el orden de prelación formulado.
El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente Registro a efectos
de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo
cve: BOE-A-2020-11456
Verificable en https://www.boe.es
Decimotercera.