IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32475)
A CORUÑA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Miércoles 30 de septiembre de 2020

Sec. IV. Pág. 43336

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

32475

A CORUÑA

Edicto
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del
Xulgado do Mercantil nº 1 de A CORUÑA, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCIÓN I
DECLARACIÓN CONCURSO 0000044 /2013 y NIG nº 1503047120120000949 se
ha dictado en fecha 29 de julio de 2020 AUTO DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO
voluntario abreviado del deudor entidad TRANSPORTES DUCO, S.L., domiciliada
en Santiago de Compostela, a Coruña, Polígono Industrial del Tambre, Vía Isaac
Peral nº. 20-22, CIF B-70.086.293, e inscrita en el Registro Mercantil de Santiago
de Compostela, Tomo 3191, folio 18, hoja SC-41094.
Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de la entidad
TRANSPORTES DUCO, S.L., con CIF B-70086293, inscrita en el Registro
Mercantil de Santiago de Compostela, Tomo 3191, folio 18, hoja SC-41094 por fin
de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones.
Se establecen los siguientes efectos:
1.- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición
del deudor.
2.- Procederá la extinción de la entidad TRANSPORTES DUCO, S.L., y el
cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase
mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santiago de Compostela.
Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de
concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal,
que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta
resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que
acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo
23.1 LC y se publicará en el BOE.
Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

ID: A200043479-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2020-32475
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A Coruña, 3 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Cristina Martínez García.