IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32390)
ZARAGOZA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43215
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32390
ZARAGOZA
EDICTO
Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:
Primero. - Que en el procedimiento concursal número 372/2014-G, se ha
dictado Auto de fecha 24 de septiembre de 2020, declarando la conclusión del
concurso de deudor Torrecerredo Moncayo, S.L., con CIF B99208357 y domicilio
en paseo Independencia nº 10, 1ª Planta de Zaragoza.
Segundo. - Se ha acordado el archivo de las actuaciones por insuficiencia de
masa activa, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de
cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del
Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el
Registro Mercantil. Contra dicho Auto, no cabe recurso.
Zaragoza, 24 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Elena Victoria Buil Torralba.
cve: BOE-B-2020-32390
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043141-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43215
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32390
ZARAGOZA
EDICTO
Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:
Primero. - Que en el procedimiento concursal número 372/2014-G, se ha
dictado Auto de fecha 24 de septiembre de 2020, declarando la conclusión del
concurso de deudor Torrecerredo Moncayo, S.L., con CIF B99208357 y domicilio
en paseo Independencia nº 10, 1ª Planta de Zaragoza.
Segundo. - Se ha acordado el archivo de las actuaciones por insuficiencia de
masa activa, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de
cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del
Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el
Registro Mercantil. Contra dicho Auto, no cabe recurso.
Zaragoza, 24 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Elena Victoria Buil Torralba.
cve: BOE-B-2020-32390
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043141-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X