IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32376)
SALAMANCA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43201
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32376
SALAMANCA
EDICTO
Don Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento nº 495/20, por auto de fecha 23 de septiembre de
2020, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Rocamar Tours,
S.L., con CIF B-37030004, con domicilio en paseo del Doctor Torres Villarroel nº
19, Bajo de Salamanca, que coincide con el centro de sus intereses principales.
2º.- Que simultáneamente en referida resolución se ha acordado la conclusión
del concurso por insuficiencia de masa activa al amparo de lo dispuesto en el art.
470 de la Ley Concursal y, su archivo, con todos los efectos legales inherentes.
3º.- Se ha acordado la extinción de la sociedad Rocamar Tours, S.L., y la
cancelación de la misma en el Registro Mercantil.
Salamanca, 24 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de
Justicia, Javier Iglesias Martín.
cve: BOE-B-2020-32376
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043117-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43201
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32376
SALAMANCA
EDICTO
Don Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 35 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento nº 495/20, por auto de fecha 23 de septiembre de
2020, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Rocamar Tours,
S.L., con CIF B-37030004, con domicilio en paseo del Doctor Torres Villarroel nº
19, Bajo de Salamanca, que coincide con el centro de sus intereses principales.
2º.- Que simultáneamente en referida resolución se ha acordado la conclusión
del concurso por insuficiencia de masa activa al amparo de lo dispuesto en el art.
470 de la Ley Concursal y, su archivo, con todos los efectos legales inherentes.
3º.- Se ha acordado la extinción de la sociedad Rocamar Tours, S.L., y la
cancelación de la misma en el Registro Mercantil.
Salamanca, 24 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de
Justicia, Javier Iglesias Martín.
cve: BOE-B-2020-32376
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043117-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X