IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32360)
GUADALAJARA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43185
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32360
GUADALAJARA
Don Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 589/2015, por Sentencia de fecha
22 de septiembre de 2020, se ha declarado la conclusión y el archivo de este
procedimiento concursal por inexistencia de bienes y derechos de la masa activa
con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, del concursado
Sociedad Cooperativa de Viviendas de Marchamalo de Castilla La Mancha, con
CIF F19202456.
Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de
administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el Administrador
judicial.
Se ha acordado la cancelación de los asientos referentes a la sociedad y el
cierre de su hoja en el Registro de cooperativas.
El mismo Auto aprueba la rendición de cuentas presentada por la
Administración concursal.
Guadalajara, 22 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de
Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.
cve: BOE-B-2020-32360
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043104-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43185
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
32360
GUADALAJARA
Don Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 589/2015, por Sentencia de fecha
22 de septiembre de 2020, se ha declarado la conclusión y el archivo de este
procedimiento concursal por inexistencia de bienes y derechos de la masa activa
con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, del concursado
Sociedad Cooperativa de Viviendas de Marchamalo de Castilla La Mancha, con
CIF F19202456.
Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de
administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el Administrador
judicial.
Se ha acordado la cancelación de los asientos referentes a la sociedad y el
cierre de su hoja en el Registro de cooperativas.
El mismo Auto aprueba la rendición de cuentas presentada por la
Administración concursal.
Guadalajara, 22 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de
Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.
cve: BOE-B-2020-32360
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043104-1
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