IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-32288)
CUENCA
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43113
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
32288
CUENCA
EDICTO
Doña Marta María Martínez González, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de 1ª Instancia e instrucción nº 2 de Cuenca, por el presente,
Hago saber:
Que en este órgano judicial se tramita Sección v Liquidación Concurso 102/
2016 frente a Fundación Dalpa para La Creación, inscrita en el Registro Oficial de
Fundaciones de Castilla la Mancha, con número de registro CU 043, y CIF número
G16243727 con domicilio en Cuenca, calle Parque del Huécar nº 2 Bajo, en los
que se ha dictado con fecha 15 de julio de 2.020, auto, el cual es firme, por el que
se ha acordado la conclusión del presente Concurso, y que, en extracto, dice:
"Acuerdo:
1.- Declarar la Conclusión del Concurso de Fundación Dalpa para La Creación.
2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor
urgencia en el Registro Público de Resoluciones Concursales y en el tablón de
anuncios del juzgado.
5.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los
respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la
presente resolución.
6.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Administrador concursal.
Notifíquese esta resolución en la forma establecida en elartículo 177.3 de la
LC.
Así por esta resolución lo pronuncio, mando y firmo".
Cuenca, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Marta María Martínez González.
cve: BOE-B-2020-32288
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043031-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. IV. Pág. 43113
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
32288
CUENCA
EDICTO
Doña Marta María Martínez González, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de 1ª Instancia e instrucción nº 2 de Cuenca, por el presente,
Hago saber:
Que en este órgano judicial se tramita Sección v Liquidación Concurso 102/
2016 frente a Fundación Dalpa para La Creación, inscrita en el Registro Oficial de
Fundaciones de Castilla la Mancha, con número de registro CU 043, y CIF número
G16243727 con domicilio en Cuenca, calle Parque del Huécar nº 2 Bajo, en los
que se ha dictado con fecha 15 de julio de 2.020, auto, el cual es firme, por el que
se ha acordado la conclusión del presente Concurso, y que, en extracto, dice:
"Acuerdo:
1.- Declarar la Conclusión del Concurso de Fundación Dalpa para La Creación.
2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor
urgencia en el Registro Público de Resoluciones Concursales y en el tablón de
anuncios del juzgado.
5.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los
respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la
presente resolución.
6.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Administrador concursal.
Notifíquese esta resolución en la forma establecida en elartículo 177.3 de la
LC.
Así por esta resolución lo pronuncio, mando y firmo".
Cuenca, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Marta María Martínez González.
cve: BOE-B-2020-32288
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200043031-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X