III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Entidades de evaluación. (BOE-A-2020-7482)
Resolución 1A0/38176/2020, de 19 de junio, del Centro Criptológico Nacional, por la que se acredita al laboratorio Applus Laboratories, como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 48863
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
7482
Resolución 1A0/38176/2020, de 19 de junio, del Centro Criptológico Nacional,
por la que se acredita al laboratorio Applus Laboratories, como laboratorio de
evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información.
Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por «LGAI
Technological Center, S.A.», con domicilio social en «Campus de la U.A.B., Ronda de
la Font del Carme, s/n de Bellaterra, (Barcelona)», para la acreditación del laboratorio
«Applus Laboratories» como laboratorio de evaluación de la seguridad de las
tecnologías de la información, conforme a las normas «Common Criteria» hasta el
nivel EAL6 + (ASE_TSS.2, ALC_FLR.3).
Visto el correspondiente certificado de acreditación de la competencia técnica emitido
por la Entidad Nacional de Acreditación, para la realización de ensayos de «Evaluación
de la Seguridad de las Tecnologías de la Información» con alcance suficiente para los
niveles solicitados.
Visto el correspondiente informe emitido por el Centro Criptológico Nacional del
análisis de la información recibida, de código INF-3193 que determina el cumplimiento
por parte de «Applus Laboratories» de los requisitos para la acreditación como
laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información exigidos
por el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la
Información establecido por dicho Centro Criptológico Nacional.
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro
Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2,
letra c del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro
Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de acreditación mencionada,
dispongo:
Primero.
Acreditar como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la
información a «Applus Laboratories», conforme a las normas «Common Criteria» hasta
el nivel EAL6 + (ASE_TSS.2, ALC_FLR.3).
Segundo.
Que adicionalmente, el laboratorio «Applus Laboratories», mantiene las
acreditaciones previas y ampliaciones de alcance sucesivas efectuadas contando ya con
capacidad para evaluar productos bajo la norma «Common Criteria» hasta el siguiente
alcance: EAL6 + (ASE_TSS.2, ALC_FLR.3), así como bajo la norma «LINCE».
Esta acreditación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de laboratorio
acreditado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y
Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.
cve: BOE-A-2020-7482
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 48863
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
7482
Resolución 1A0/38176/2020, de 19 de junio, del Centro Criptológico Nacional,
por la que se acredita al laboratorio Applus Laboratories, como laboratorio de
evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información.
Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por «LGAI
Technological Center, S.A.», con domicilio social en «Campus de la U.A.B., Ronda de
la Font del Carme, s/n de Bellaterra, (Barcelona)», para la acreditación del laboratorio
«Applus Laboratories» como laboratorio de evaluación de la seguridad de las
tecnologías de la información, conforme a las normas «Common Criteria» hasta el
nivel EAL6 + (ASE_TSS.2, ALC_FLR.3).
Visto el correspondiente certificado de acreditación de la competencia técnica emitido
por la Entidad Nacional de Acreditación, para la realización de ensayos de «Evaluación
de la Seguridad de las Tecnologías de la Información» con alcance suficiente para los
niveles solicitados.
Visto el correspondiente informe emitido por el Centro Criptológico Nacional del
análisis de la información recibida, de código INF-3193 que determina el cumplimiento
por parte de «Applus Laboratories» de los requisitos para la acreditación como
laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información exigidos
por el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la
Información establecido por dicho Centro Criptológico Nacional.
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro
Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2,
letra c del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro
Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de acreditación mencionada,
dispongo:
Primero.
Acreditar como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la
información a «Applus Laboratories», conforme a las normas «Common Criteria» hasta
el nivel EAL6 + (ASE_TSS.2, ALC_FLR.3).
Segundo.
Que adicionalmente, el laboratorio «Applus Laboratories», mantiene las
acreditaciones previas y ampliaciones de alcance sucesivas efectuadas contando ya con
capacidad para evaluar productos bajo la norma «Common Criteria» hasta el siguiente
alcance: EAL6 + (ASE_TSS.2, ALC_FLR.3), así como bajo la norma «LINCE».
Esta acreditación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de laboratorio
acreditado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y
Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.
cve: BOE-A-2020-7482
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.