I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2020-7437)
Real Decreto 644/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 48641

c) La Subdirección General de Asuntos Económicos y Financieros, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra a) del apartado anterior
en materia económica y financiera, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital y del Ministerio de Hacienda en los
comités que preparan directamente el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de
la Unión Europea.
d) La Subdirección General de Asuntos de Justicia e Interior, a la que corresponde
el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) y e) del apartado anterior en
materia de cooperación policial, cooperación judicial, asilo, inmigración y fronteras,
terrorismo y drogas.
Artículo 11. Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas
Comunitarias.
1. Corresponde a la Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras
Políticas Comunitarias el ejercicio de las siguientes funciones:
a) El seguimiento de las actuaciones de la Unión Europea en sus diversas políticas,
en el ámbito de sus competencias, el seguimiento y la coordinación de las actuaciones
de los Ministerios en estas políticas y la coordinación del proceso de fijación de la
posición española ante la Unión Europea en ellas.
b) La coordinación, seguimiento y gestión ante las instituciones de la Unión
Europea de la notificación y comunicación de ayudas públicas.
c) La coordinación, seguimiento y notificación de la transposición al derecho interno
de las directivas de la Unión Europea.
d) El seguimiento y coordinación de los asuntos ante el Tribunal de Justicia de la
Unión Europea en el marco de la Comisión de Seguimiento y Coordinación de las
actuaciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin perjuicio de las
competencias de la Subdirección General de Asuntos de la Unión Europea e
Internacionales de la Abogacía General del Estado.
e) La instrucción de los procedimientos de infracción iniciados por la Comisión
Europea ante el Reino de España, y la elaboración y coordinación de las
Administraciones Públicas interesadas en las respuestas a los mismos en sus fases
precontenciosas, con la colaboración de la Subdirección General de Asuntos de la Unión
Europea e Internacionales de la Abogacía General del Estado.
f) El asesoramiento en el ejercicio de las funciones que le son propias, sin perjuicio
de las competencias de la Subdirección General de Asuntos de la Unión Europea e
Internacionales de la Abogacía General del Estado.
g) La coordinación del proceso de fijación de la posición española en los grupos de
trabajo del Consejo, en los grupos de expertos y Comités de la Comisión y otros
grupos en el ámbito de sus funciones.
h) La gestión y resolución de los casos del centro SOLVIT.
i) La preparación de la parte relativa al Mercado Interior en el Consejo de
Competitividad de la Unión Europea.
j) La preparación del Comité Consultivo del Mercado Interior.
k) La preparación de la parte relativa al mercado interior en el Grupo de Alto Nivel
de Competitividad y Crecimiento del Consejo.
l) La gestión de la normativa comunitaria por la que se establece un procedimiento
de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a
los Servicios de la Sociedad de la Información.

cve: BOE-A-2020-7437
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Núm. 187