IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-21012)
LOGROÑO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 28117
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21012
LOGROÑO
Edicto.
Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de 1.ª Instancia, n.º 6, de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,
anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 193/2014, N.I.G.: 26089 42 1 2014
0001965, por auto de fecha 3 de julio de 2020, se ha acordado la conclusión del
concurso seguido relativo a la mercantil Screenluz, S.L., con domicilio social en
Polígono Industrial La Yasa, parcela 11, de Albelda de Iregua (La Rioja), y CIF B26293167.
Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de
bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin
haber declaración de responsabilidad de terceros.
2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la
Administración Concursal de la concursada.
3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos.
Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se
acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Screenluz,
S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el
cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de La Rioja.
5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se
decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del
Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público
Concursal.
Logroño, 3 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María
Asunción González Elías.
cve: BOE-B-2020-21012
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200027754-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 28117
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21012
LOGROÑO
Edicto.
Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de 1.ª Instancia, n.º 6, de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,
anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 193/2014, N.I.G.: 26089 42 1 2014
0001965, por auto de fecha 3 de julio de 2020, se ha acordado la conclusión del
concurso seguido relativo a la mercantil Screenluz, S.L., con domicilio social en
Polígono Industrial La Yasa, parcela 11, de Albelda de Iregua (La Rioja), y CIF B26293167.
Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de
bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin
haber declaración de responsabilidad de terceros.
2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la
Administración Concursal de la concursada.
3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos.
Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se
acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Screenluz,
S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el
cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de La Rioja.
5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se
decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del
Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público
Concursal.
Logroño, 3 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María
Asunción González Elías.
cve: BOE-B-2020-21012
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200027754-1
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