IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-21007)
BILBAO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 28111
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21007
BILBAO
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 23 de la Ley Concursal (LCon),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento concursal CNA 600/2020-L en el que figura como
concursado Servicios Empresariales y Tecnologías de la Información, S.L., con CIF
B48683528, se ha dictado el día 29 de junio de 2020 auto que declara y
simultáneamente concluye el concurso voluntario del mencionado deudor, y
acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran
quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del
deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Bilbao, 30 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime
Mourenza Arriola.
cve: BOE-B-2020-21007
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200027613-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 28111
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
21007
BILBAO
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 23 de la Ley Concursal (LCon),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento concursal CNA 600/2020-L en el que figura como
concursado Servicios Empresariales y Tecnologías de la Información, S.L., con CIF
B48683528, se ha dictado el día 29 de junio de 2020 auto que declara y
simultáneamente concluye el concurso voluntario del mencionado deudor, y
acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran
quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del
deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Bilbao, 30 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime
Mourenza Arriola.
cve: BOE-B-2020-21007
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200027613-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X