IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20808)
VITORIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Martes 7 de julio de 2020

Sec. IV. Pág. 27825

Nueva Línea de Avales Sindicada). Dichas líneas vencían el 3 de agosto de 2020 y
se han prorrogado hasta el 3 de agosto de 2021, fecha prorrogable (sujeto a
condiciones) anualmente con un máximo de tres (3) prórrogas.
3. Ampliación significativa del crédito disponible, mediante la concesión de:
a) Una nueva línea de crédito para compras por importe de dos millones
doscientos mil euros (2.200.000 euros) y
b) dos nuevos préstamos a largo plazo por importe en conjunto de dos millones
cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y nueve céntimos y
sesenta y ocho céntimos (2.449.989,68 €), todo ello "dinero nuevo".
La parte dispositiva del auto de fecha 01.06.2020 es del tenor literal siguiente:
1.- Se homologa el acuerdo de refínanciación descrito en la presente
resolución, suscrito por URSSA S. COOP. por un lado, y las entidades acreedoras
financieras: BANKIA, S.A., CAJA LABORAL POPULAR COOP. DE CRÉDITO,
CAJA RURAL DE NAVARRA S. COOP. DE CRÉDITO, ABANCA CORPORACIÓN
BANCARIA, S.A., BANCO SANTANDER, S.A., SANTANDER DE FACTORING Y
CONFIRMING, S.A. EFC, BANKINTER, S.A., KUTXABANK, S.A., BANCO
SABADELL, S.A. INSTITUTO VASCO DE FINANZAS Y ELKARGI S.G.R. en su
condición de fiadora.
2. Este acuerdo tendrá la naturaleza de transacción judicial. El Acuerdo
homologado no podrá ser objeto de Acciones de rescisión. El ejercicio de las
demás acciones de impugnación se someterá a lo dispuesto por el artículo 72.2.
3. Se mantiene la paralización de las ejecuciones singulares que, en su caso,
hubieran sido iniciadas por las entidades afectadas por el presente acuerdo de
refinanciación, así como la prohibición de iniciar ejecuciones singulares respecto
de la Deuda
Afectada, efecto que se extiende desde la fecha de solicitud de homologación
hasta la fecha de vencimiento final de la deuda.
4. Publíquese la presente resolución, mediante anuncio en el que se
extractarán los datos principales de este acuerdo, anuncio que se insertará en el
Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios
de este Juzgado.

Vitoria, 1 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Miriam
Ramos Rendo.
ID: A200026648-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2020-20808
Verificable en https://www.boe.es

Los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial
que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su
disconformidad podrán impugnar esta resolución en el plazo de quince días
siguientes a la publicación.