IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20800)
SEVILLA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27814
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20800
SEVILLA
Edicto
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª), en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 456/2014- negociado 7, por auto de fecha
30 de junio de 2020 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor José
María Solís Pérez, con DNI número 27902754-M, y cuya parte dispositiva es del
tenor literal siguiente:
"Parte Dispositiva
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de José María Solís Pérez.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- La cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en
virtud de la declaración del concurso.
4.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición
del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la
sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver la
credencial original en el plazo de 5 días como documento adjunto a escrito
presentado ante el Juzgado Decano de Sevilla o bien devolverla mediante correo
postal dirigido a la sede de este Juzgado.
6.- Conceder, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del
pasivo insatisfecho.
7.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.
8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los
respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la
presente resolución.
9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
10.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la
concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme.
El Magistrado La Letrada de la Administración de Justicia"
2º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal es https://
www.registradores.org/
Sevilla, 2 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
ID: A200027174-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-20800
Verificable en https://www.boe.es
Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles,
Magistrado del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª). Doy fe.
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27814
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20800
SEVILLA
Edicto
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª), en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 456/2014- negociado 7, por auto de fecha
30 de junio de 2020 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor José
María Solís Pérez, con DNI número 27902754-M, y cuya parte dispositiva es del
tenor literal siguiente:
"Parte Dispositiva
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de José María Solís Pérez.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- La cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en
virtud de la declaración del concurso.
4.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición
del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la
sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver la
credencial original en el plazo de 5 días como documento adjunto a escrito
presentado ante el Juzgado Decano de Sevilla o bien devolverla mediante correo
postal dirigido a la sede de este Juzgado.
6.- Conceder, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del
pasivo insatisfecho.
7.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.
8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los
respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la
presente resolución.
9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
10.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la
concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme.
El Magistrado La Letrada de la Administración de Justicia"
2º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal es https://
www.registradores.org/
Sevilla, 2 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana
María Gullón Gullón.
ID: A200027174-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-20800
Verificable en https://www.boe.es
Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles,
Magistrado del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª). Doy fe.