IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20801)
SEVILLA
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Martes 7 de julio de 2020

Sec. IV. Pág. 27815

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

20801

SEVILLA

Edicto
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª), en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 348/2017- negociado 7, por auto de fecha
1 de julio de 2020 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor HIENIPA
MANTENIMIENTO, S.L., con CIF: B65990426, y cuya parte dispositiva es del tenor
literal siguiente:
"Parte dispositiva
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de HIENIPA MANTENIMIENTO, S.L.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas
en virtud de la declaración del concurso.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver la
credencial original en el plazo de 5 días como documento adjunto a escrito
presentado ante el Juzgado Decano de Sevilla o bien devolverla mediante correo
postal dirigido a la sede de este Juzgado.
6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo
que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde
la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones,
la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una
sentencia de condena firme.
7.- La extinción de la entidad HIENIPA MANTENIMIENTO, S.L., debiendo
cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio
del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así
como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.

9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los
respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la
presente resolución.
10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración
concursal.
11.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la
concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme.

cve: BOE-B-2020-20801
Verificable en https://www.boe.es

8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.