II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2020-7402)
Resolución de 25 de junio de 2020, de la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 48312
Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas del
mismo o distinto subgrupo de adscripción solo podrán participar en el concurso desde uno
de ellos.
2. En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos
disponibles se hace especialmente necesario atender criterios de eficiencia en la
distribución del personal por lo que no podrán participar en esta convocatoria:
a) Los funcionarios y las funcionarias que presten servicio en las Oficinas de
Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal o en el Fondo de Garantía Salarial, a
excepción de aquellos que cuenten con, al menos, un período de seis años de servicios en
dichos destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b) Los funcionarios y las funcionarias destinados en las Direcciones Provinciales del
Servicio Público de Empleo Estatal que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o
reconocimiento de las prestaciones por desempleo a excepción de aquellos que cuenten
con, al menos, un período de seis años de servicios en dichos destinos anteriores a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación también a las personas
que se encuentren en situación administrativa distinta al servicio activo pero tengan su
puesto de reserva en los citados destinos.
A efectos del cómputo del período de seis años de servicios, se acumulará, en su
caso, el tiempo de desempeño de puestos en los ámbitos señalados del Servicio Público
de Empleo Estatal y en el Fondo de Garantía Salarial.
c) Los funcionarios y las funcionarias que presten servicios o que, encontrándose en
situación administrativa distinta a la de servicio activo, tengan reservado alguno de los
siguientes puestos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública a excepción de
aquellos que cuenten con, al menos, un período de seis años de servicios en dichos
destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
– Jefe/Jefa de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas
y Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
– Inspector/Inspectora de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura
y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
– Coordinador/Coordinadora de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y
Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno.
Lo establecido en este párrafo c) será de aplicación también a las personas que se
encuentren en situación administrativa distinta al servicio activo, pero tengan reservado
uno de estos puestos.
3. Los funcionarios y las funcionarias, aun perteneciendo a cuerpos o escalas de
determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos
que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se
les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la
Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).
4. Los funcionarios y las funcionarias de los cuerpos o escalas que tengan reservados
puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de
trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Política
Territorial y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen
adscritos los indicados cuerpos o escalas.
5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal
funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de
puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la
previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.
cve: BOE-A-2020-7402
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 48312
Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas del
mismo o distinto subgrupo de adscripción solo podrán participar en el concurso desde uno
de ellos.
2. En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos
disponibles se hace especialmente necesario atender criterios de eficiencia en la
distribución del personal por lo que no podrán participar en esta convocatoria:
a) Los funcionarios y las funcionarias que presten servicio en las Oficinas de
Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal o en el Fondo de Garantía Salarial, a
excepción de aquellos que cuenten con, al menos, un período de seis años de servicios en
dichos destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b) Los funcionarios y las funcionarias destinados en las Direcciones Provinciales del
Servicio Público de Empleo Estatal que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o
reconocimiento de las prestaciones por desempleo a excepción de aquellos que cuenten
con, al menos, un período de seis años de servicios en dichos destinos anteriores a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación también a las personas
que se encuentren en situación administrativa distinta al servicio activo pero tengan su
puesto de reserva en los citados destinos.
A efectos del cómputo del período de seis años de servicios, se acumulará, en su
caso, el tiempo de desempeño de puestos en los ámbitos señalados del Servicio Público
de Empleo Estatal y en el Fondo de Garantía Salarial.
c) Los funcionarios y las funcionarias que presten servicios o que, encontrándose en
situación administrativa distinta a la de servicio activo, tengan reservado alguno de los
siguientes puestos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública a excepción de
aquellos que cuenten con, al menos, un período de seis años de servicios en dichos
destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
– Jefe/Jefa de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas
y Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
– Inspector/Inspectora de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura
y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
– Coordinador/Coordinadora de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y
Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno.
Lo establecido en este párrafo c) será de aplicación también a las personas que se
encuentren en situación administrativa distinta al servicio activo, pero tengan reservado
uno de estos puestos.
3. Los funcionarios y las funcionarias, aun perteneciendo a cuerpos o escalas de
determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos
que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se
les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la
Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).
4. Los funcionarios y las funcionarias de los cuerpos o escalas que tengan reservados
puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de
trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Política
Territorial y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen
adscritos los indicados cuerpos o escalas.
5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal
funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de
puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la
previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.
cve: BOE-A-2020-7402
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 186