II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-7414)
Resolución de 23 de junio de 2020, conjunta de la Universidad de Córdoba y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Martes 7 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 48392

nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real Decreto
415/2015, de 29 de mayo; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula
el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto
1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por
el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades
y las Instituciones Sanitarias; el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto
280/2003, de 7 de octubre (BOJA n.º 4, de 5 de enero de 2018); el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Universidad de Córdoba, de fecha 30 de octubre de 2015, por el que se
aprueba el Reglamento de concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios,
promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes en la Universidad de Córdoba;
el Reglamento 31/2020, aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 28 de mayo, por el
que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos en los procesos selectivos
de puestos de trabajo del Personal Docente e Investigador y del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Córdoba (BOUCO de 28 de mayo de 2020); la Instrucción
1/2020, de 8 de junio de 2020, por la que se publica el protocolo para la tramitación telemática
en los procedimientos de selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos
de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio
Andaluz de Salud (BOUCO de 09/06/20); las presentes bases de convocatoria, las normas de
general aplicación y, en lo no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen
general de ingreso en la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo Especialista
de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma de posesión, el
concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo de Jefe de Servicio o
de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro hospitalario
y Especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de Jefe
de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les será de
aplicación, para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de promoción de
tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.
Segunda.

Requisitos de los candidatos.

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea
en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente, podrán participar los aspirantes habilitados de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo
reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe de
los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima
de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o

cve: BOE-A-2020-7414
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Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales: