IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20797)
PONTEVEDRA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27811
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20797
PONTEVEDRA
Doña MARÍA LUISA SÁNCHEZ GARRIDO, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 468/2019, seguida en
este Juzgado, se ha dictado con fecha 29 de Junio de 2020 Auto acordando lo
siguiente:
1º Declarar el concurso voluntario de la deudora doña ANA MARÍA GÓMEZ
BALLESTEROS, con DNI 36.079.650-X, cuyo centro de intereses principales lo
tiene en la Avenida Hispanidad núm. 111, bajo de Vigo (Pontevedra).
2º La intervención de las facultades de administración y disposición del
concursado sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la
Administración concursal.
3º El administrador concursal designado es el abogado D. JAVIER GONZÁLEZ
VILLAR, con DNI 76828917-Q, domicilio en la calle Colón, núm. 12, 4.ª planta,
36201 de Vigo (Pontevedra), teléfono 986442838, y con dirección de correo
electrónico concursoanagomezballesteros@lener.es
4º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección
electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este
edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por
cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación
suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad
del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de
adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando,
si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su
caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección
electrónica para que la administración concursal practique cuantas
comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del
título o de los documentos relativos al crédito.
5º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 29 de junio de 2020.- Letrada Administracion de Justicia, María Luisa
Sánchez Garrido.
cve: BOE-B-2020-20797
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200027186-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27811
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20797
PONTEVEDRA
Doña MARÍA LUISA SÁNCHEZ GARRIDO, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 468/2019, seguida en
este Juzgado, se ha dictado con fecha 29 de Junio de 2020 Auto acordando lo
siguiente:
1º Declarar el concurso voluntario de la deudora doña ANA MARÍA GÓMEZ
BALLESTEROS, con DNI 36.079.650-X, cuyo centro de intereses principales lo
tiene en la Avenida Hispanidad núm. 111, bajo de Vigo (Pontevedra).
2º La intervención de las facultades de administración y disposición del
concursado sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la
Administración concursal.
3º El administrador concursal designado es el abogado D. JAVIER GONZÁLEZ
VILLAR, con DNI 76828917-Q, domicilio en la calle Colón, núm. 12, 4.ª planta,
36201 de Vigo (Pontevedra), teléfono 986442838, y con dirección de correo
electrónico concursoanagomezballesteros@lener.es
4º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección
electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este
edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por
cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación
suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad
del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de
adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando,
si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su
caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección
electrónica para que la administración concursal practique cuantas
comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del
título o de los documentos relativos al crédito.
5º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 29 de junio de 2020.- Letrada Administracion de Justicia, María Luisa
Sánchez Garrido.
cve: BOE-B-2020-20797
Verificable en https://www.boe.es
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