IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20764)
BARCELONA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27778
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20764
BARCELONA
M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona,
Hago saber: Que en el concurso abreviado 776/2012 de la mercantil
Llumestoc, S.L., con CIF B63718456 se ha dictado una resolución abriendo la fase
de liquidación por incumplimiento de convenio en cuya parte dispositiva dice entre
otros pronunciamientos:
- Nombrar como Administrador Concursal a Alfa Forensis, S.L.P., con CIF B65692659, con domicilio en Paseo de Gracia 97,2.º,1.ª, 08008 Barcelona, teléfono
934578207, fax 932072178 y correo electrónico; administración@alfaforensis.com.
- La Administración concursal deberá presentar en el plazo de un mes un
inventario de bienes y lista de acreedores actualizada en los términos previstos en
el artículo 180 de la LC.
- Se acuerda la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y
disposición de la concursada sobre su patrimonio con los efectos establecidos en
el Título III de la LC.
- La disolución de la sociedad concursada, cuya liquidación será ejecutada por
la Administración Concursal designada, y se ordena el cese en el ejercicio de su
cargo de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la
Administración Concursal.
- Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos
a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.
- Una vez presentado el inventario y la lista actualizada, la Administración
concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos
integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148
de la Ley.
Barcelona, 11 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
M. José Hompanera González.
ID: A200027285-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-20764
Verificable en https://www.boe.es
- Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen
comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y
asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina
de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.
Núm. 186
Martes 7 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27778
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20764
BARCELONA
M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona,
Hago saber: Que en el concurso abreviado 776/2012 de la mercantil
Llumestoc, S.L., con CIF B63718456 se ha dictado una resolución abriendo la fase
de liquidación por incumplimiento de convenio en cuya parte dispositiva dice entre
otros pronunciamientos:
- Nombrar como Administrador Concursal a Alfa Forensis, S.L.P., con CIF B65692659, con domicilio en Paseo de Gracia 97,2.º,1.ª, 08008 Barcelona, teléfono
934578207, fax 932072178 y correo electrónico; administración@alfaforensis.com.
- La Administración concursal deberá presentar en el plazo de un mes un
inventario de bienes y lista de acreedores actualizada en los términos previstos en
el artículo 180 de la LC.
- Se acuerda la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y
disposición de la concursada sobre su patrimonio con los efectos establecidos en
el Título III de la LC.
- La disolución de la sociedad concursada, cuya liquidación será ejecutada por
la Administración Concursal designada, y se ordena el cese en el ejercicio de su
cargo de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la
Administración Concursal.
- Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos
a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.
- Una vez presentado el inventario y la lista actualizada, la Administración
concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos
integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148
de la Ley.
Barcelona, 11 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
M. José Hompanera González.
ID: A200027285-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-20764
Verificable en https://www.boe.es
- Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen
comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y
asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina
de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.