V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2020-20957)
Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto "Línea aérea de transporte de energía eléctrica, doble circuito a 400 kV. Entrada y salida 400 kV Campos Línea El Palmar - Rocamora 1", en los términos municipales de Mula y Campos del Río, provincia de Murcia. Expediente: 2020/030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de julio de 2020

Sec. V-B. Pág. 28053

-Tipo de conductor: AL/AW RAIL
-Número de cables compuesto tierra-óptico: 2
-Tipo de cable compuesto tierra-óptico: OPGW-TIPO1-17kA-15.3
-Aislamiento: bastón de goma silicona
-Apoyos: torres metálicas de celosía
-Cimentaciones: zapatas individuales
-Puestas a tierra: anillos cerrados de acero descarburado.
§ Presupuesto: 412.598 euros
§ Finalidad: conectar a la red de transporte de energía eléctrica la subestación
Campos, favoreciendo una mayor penetración de energías renovables en el
sistema eléctrico y posibilitando el cumplimiento de la Directiva 2012/27/UE por la
que los países miembros se comprometen a obtener al menos el 20% del consumo
energético a partir de fuentes renovables, lo que supone cerca de un 40% en el
mix eléctrico, para el año 2020.
La línea eléctrica se encuentra incluida en la "Planificación Energética. Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020", aprobada por
el Consejo de Ministros de 16 de octubre.
El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa
previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto,
de utilidad pública es la Dirección General de Política Energética y Minas del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El proyecto incluye relación de bienes y derechos, a los efectos del artículo
54.1 de la Ley 54/1997 en relación con la declaración de utilidad pública.
Los bienes y derechos a cargo de las administraciones y organismos afectados
por la instalación, se incluyen a efectos meramente indicativos.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56
de la Ley 24/2013, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna
autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se
determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de
las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre
pública.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los
titulares de los bienes y derechos afectados cuya relación se inserta al final de este
anuncio para que en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del siguiente al
de la publicación de este anuncio, por cualquier interesado pueda ser examinado
el proyecto en la sede electrónica de la Delegación del Gobierno en Murcia, en la
dirección:
https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/murcia/
proyectos-ci/proyectos.html

cve: BOE-B-2020-20957
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 186